¿Confiar en la Justicia?

Ni soy licenciado en Derecho ni soy jurista, aunque mi profesión fuera la de Funcionario Público (Administrativo de Administración General, para lo que sólo se exigía el Bachiller Superior). Es cierto que, a los dos o tres años de iniciar mi andadura como servidor público y con la intención de una mejor preparación para el desempeño de mis funciones en el Ayuntamiento de Guardamar del Segura, el pueblo que me acaba de honrar con el título de Hijo Adoptivo, empecé los estudios de Derecho.
Pero también es cierto que, a poco de comenzar esos estudios, comprendí que por mis circunstancias personales me sería muy difícil acabar los mismos en un tiempo razonable: mi trabajo en el Ayuntamiento, dos hijos menores de cinco años, mi mujer también trabajando como maestra de un colegio público de la localidad y otras obligaciones derivadas de mi pertenencia activa en asociaciones culturales y sociales no propiciaban el ambiente adecuado para concentrarme debidamente en los estudios.
En cambio, sí tuve claro que, aunque no los acabara, sí debería al menos estudiar y aprobar las asignaturas más relacionadas con la rama del Derecho Administrativo que me podrían ayudar en el día a día de mi trabajo en el Ayuntamiento. Así fue y, una vez conseguido ese objetivo de un mejor conocimiento del Derecho Administrativo, abandoné los estudios de Derecho.
Pero una de las cosas que aprendí en el primer trimestre del primer curso fue a distinguir entre Ciencia del Derecho (el derecho vigente en cada momento, el que se ha de aplicar); Filosofía del Derecho –la mayor o menor perfección técnica del derecho vigente en comparación con el mismo derecho en otros países, los principios generales del derecho o el derecho natural–; y Sociología del Derecho –el mayor o menor grado de aceptación y comprensión del derecho vigente por la ciudadanía a la vista de su aplicación concreta–.
Y es ahí, en la Sociología del Derecho, en la comprensión y aceptación del derecho por la ciudadanía según su aplicación, donde el tema comienza a chirriar ante determinados pronunciamientos y actuaciones judiciales, precisamente procedentes de los escalones más altos de la carrera judicial, donde más cabría esperar la mesura, la ponderación y la pedagogía social.
Es cierto que los jueces no han de ejercer justicia pensando exclusivamente en cómo percibirá la opinión pública sus actuaciones, que se han de guiar por la estricta aplicación de las normas vigentes, pero no estaría de más que pensaran un poco más en las conclusiones que de determinadas actuaciones suyas podría deducir la ciudadanía.
Condenar a todo un Fiscal General del Estado –cosa que, por muy anómala que parezca, es totalmente posible, y a los hechos nos remitimos– acusado de haber filtrado una información y decir en los considerandos de la sentencia que “la filtración la ha tenido que hacer él o alguien de su entorno” –algo que sería comprensible en la fase de instrucción, pero inconcebible en fase de juicio oral– rompe radicalmente con un principio en derecho que hasta los más legos en la materia podemos entender; in dubio, pro reo (en caso de duda, a favor del reo). Si no hay certeza de quien ha cometido la filtración, y no la puede haber si decimos que “o él u otro…”, lo que hay son dudas de la autoría de la misma, y si hay dudas la única sentencia posible es la absolución por falta de pruebas concluyentes.
No podemos ignorar que nuestro Derecho Penal es garantista y, en consecuencia, no es el acusado quien ha de demostrar su inocencia, ya que le ampara la “presunción de inocencia” –otro principio que ha saltado por los aires con la condena del Fiscal General–, sino que han de ser la Fiscalía y las acusaciones particulares las que en fase de juicio oral no dejen dudas sobre la autoría de la filtración. Cosa que no ocurrió cuando se dice que “o él u otro…”
Y ahora, la guinda del pastel la tenemos en la última de las sentencias conocidas: que el señor Aldama, promotor e instigador reconocido de una trama de corrupción, sea condenado solamente a cuatro años de prisión mientras que los corrompidos por él lo sean a más de veinte años, ya es bastante difícil de digerir. Pero que, además, ni tenga que entrar en prisión ni tenga que devolver los beneficios obtenidos de sus fechorías, suena a broma de mal gusto, por no decir a tomadura de pelo.
Y ¡qué quieren que les diga!, con pronunciamientos así es muy difícil que la ciudadanía confíe en la justicia en abstracto, pero es prácticamente imposible que, en concreto, confíe en los jueces. Al menos, en algunos.
Apoya y cuida Noticias ObrerasTu aportación hace posible un periodismo comprometido con la dignidad del trabajo, la justicia social y la esperanza. Puedes colaborar también a través de Bizum al 13744. Cualquier aportación, por pequeña que sea, suma y nos ayuda a seguir construyendo, día a día, esta mirada compartida al servicio del bien común

Militante de la Hermandad Obrera de Acción Católica (HOAC) de Orihuela-Alicante



