La jubilación flexible se abre a los autónomos y mejora los incentivos para compatibilizar pensión y empleo

La jubilación flexible se abre a los autónomos y mejora los incentivos para compatibilizar pensión y empleo
La nueva regulación de la jubilación flexible está en vigor desde 28 de agosto con el objetivo de facilitar que las personas pensionistas puedan mantener una actividad laboral una vez alcanzada la jubilación.

La norma introduce cambios relevantes, entre ellos la posibilidad de acogerse a este sistema para quienes desarrollen una actividad por cuenta propia, una opción hasta ahora reservada exclusivamente a las personas asalariadas.

La reforma forma parte del paquete de medidas acordado entre el Gobierno, las organizaciones sindicales y empresariales en el marco de la reforma de pensiones aprobada en 2024. Su finalidad es favorecer una transición más gradual entre la vida laboral y la jubilación, promover la permanencia voluntaria en el empleo y facilitar el retorno a la actividad de quienes ya están jubilados.

La jubilación flexible permite compatibilizar el cobro de una parte de la pensión con el desarrollo de una actividad laboral. Podrán solicitarla las personas que ya tengan reconocida una pensión contributiva de jubilación y decidan reincorporarse al mercado de trabajo.

A partir de ahora, además del trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial, también podrá realizarse una actividad por cuenta propia, siempre que la persona no haya estado dada de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante los tres años anteriores a su jubilación.

Otra de las novedades es la eliminación del plazo mínimo de espera para acceder a esta modalidad. La solicitud podrá realizarse en cualquier momento después del reconocimiento de la pensión, sin necesidad de aguardar un periodo determinado tras la jubilación.

Más horas de trabajo y mejores incentivos

La normativa también amplía el margen de jornada para quienes compatibilicen la pensión con un empleo asalariado. La jornada parcial podrá situarse entre el 33% y el 80% de la jornada ordinaria, frente al límite anterior que oscilaba entre el 25% y el 75%. La cuantía de la pensión se reducirá de forma proporcional al tiempo trabajado.

Además, se incorporan incentivos económicos para fomentar el regreso a la actividad laboral. Quienes accedan a la jubilación flexible al menos seis meses después de haberse jubilado verán incrementada la cuantía de la pensión compatible. El aumento será del 25% para jornadas comprendidas entre el 55% y el 80% y del 15% para jornadas de entre el 33% y el 55%.

En el caso de la actividad por cuenta propia, el pensionista podrá percibir hasta el 25% de la pensión mientras desarrolla el trabajo compatible. Durante todo el periodo de jubilación flexible mantendrá su condición de pensionista, con acceso a la asistencia sanitaria y a la protección social correspondiente.

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Un cambio ligado a la reforma de las pensiones

La nueva regulación completa las reformas impulsadas desde 2021 para acercar la edad efectiva de jubilación a la edad legal y reducir el recurso a las jubilaciones anticipadas.

Según datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el porcentaje de personas que retrasan voluntariamente la jubilación pasó del 4,8% en 2021 al 10,9% en 2025. Al mismo tiempo, las jubilaciones anticipadas han disminuido desde más del 43% en 2018 hasta situarse en torno al 30% en la actualidad.

La norma se aplicará a los distintos regímenes de la Seguridad Social, aunque quedan excluidos los regímenes especiales de funcionarios civiles del Estado, personal de las Fuerzas Armadas y trabajadores al servicio de la Administración de Justicia.

Con estos cambios, el Ejecutivo pretende ofrecer más flexibilidad a las personas trabajadoras en la etapa final de su vida laboral y aprovechar la experiencia profesional de quienes desean seguir activos tras acceder a la pensión.

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