CIE: Diez años mirando a otro lado

CIE: Diez años mirando a otro lado
El décimo informe CIE del Servicio Jesuita a Migrantes (SJM), relativo a 2019, retrata la relación de la clase política con el internamiento de personas extranjeras.

Desgraciadamente, la clase política sigue mirando a otro lado. En estos años, SJM se ha esforzado por mirar de frente a las personas internadas, a quienes trabajan en los CIE, a quienes intervienen en el proceso de autorización del internamiento.

La historia de los CIE en España es mucho más antigua que la labor de observación crítica y publicación del SJM: arranca con la Ley Orgánica 7/1985, de 1 de julio, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, desarrollada reglamentariamente en el Real Decreto 155/1996, de 2 de febrero.

El Tribunal Constitucional delimitó el estrecho margen de constitucionalidad del internamiento cautelar de personas extranjeras en la sentencia número 115/1987, de 7 de julio de 1987. Durante muchos años, la falta de atención de la clase política se tradujo en una insuficiente regulación del internamiento más allá del único precepto legal y de los pocos reglamentarios: apenas una Orden del Ministerio de la Presidencia de 22 de febrero de 1999.

Cabría decir que la única institución que dirigía una mirada crítica a los CIE era el Defensor del Pueblo. La sociedad civil no entraba en los CIE, más allá de algunas visitas a personas internadas a título particular, con el mismo régimen que familiares y amigos.

La situación cambió con la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. El internamiento de personas extranjeras sometidas a expedientes de expulsión y de devolución quedó regulado con más detalle.

Cabría destacar tres cosas: la inclusión de catálogos de derechos y deberes, la regulación del juez de control de estancia en el CIE y de un régimen particular para las visitas de las ONG. Pero las mejoras legales tardan en llevarse a la práctica. Solo en 2014 se publicó el Real Decreto 162/2014, de 14 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de funcionamiento y régimen interior de los centros de internamiento de extranjeros, cuando la ley preveía que se hiciera en el plazo de seis meses. Sin el desarrollo reglamentario, fueron los jueces de control quienes obligaron a la dirección de cada CIE a abrir las puertas al SJM y a otras ONG.

Hay entidades de la sociedad civil que se oponían a entrar en los CIE para marcar la disconformidad radical con la institución del internamiento, su opción era el cierre de los CIE. El SJM optó por entrar, visitar a las personas internas, aportar espacios de escucha y acompañamiento. Esta relación permite detectar situaciones de vulnerabilidad y vulneraciones de derechos: unas más claras con la legislación en la mano, otras que precisan de un discernimiento más atento.

Según el caso, el SJM se dirige a la dirección del centro en cuestión, eleva una queja al Defensor del Pueblo o al juzgado de control. Es un buen modo de iniciar investigaciones. El Defensor del Pueblo solo puede emitir recomendaciones, a partir de quejas recibidas o de las visitas que gira por iniciativa propia. Pero sus recomendaciones tienen peso. Es frecuente ver autos judiciales ordenando a la dirección que lleve a cabo lo recomendado por el Defensor del Pueblo. Los informes CIE del SJM se hacen eco de estas miradas cruzadas. No buscan reflejar novedades, noticias en el sentido periodístico, sino aquilatar un proceso de delimitación cada vez más estricto de los márgenes de maniobra del Ministerio del Interior en el internamiento.

También puedes leer —  Pastoral del trabajo ante el reto de defender los derechos de las personas migrantes e incluirlas en las comunidades

Los últimos cinco informes también tratan de conocer mejor el internamiento a partir de las cifras estadísticas suministradas por el Ministerio del Interior a través del Portal de la Transparencia. Es importante leer, correlacionar e interpretar correctamente las cifras para precisar bien el conocimiento sobre la institución del internamiento.

Lo cierto es que la crisis
económica inhibe la inmigración.
No son tiempos para reforzar
el internamiento…

Es una cuestión que polariza ideológicamente, por lo que es muy fácil dejar de hablar de la realidad tangible para referirse a discursos construidos con mucho apasionamiento. La crítica al internamiento es tanto más pertinente cuanto más se atiene a la realidad. Y a lo largo de cuatro años hemos podido conocer mejor el internamiento…, hasta que en 2019 el SJM ha sufrido la falta de transparencia del Ministerio del Interior, su incumplimiento de la ley de transparencia y buen gobierno.

Antes de empezar el confinamiento habían transcurrido los dos meses de plazo que tiene el Portal de la Transparencia para suministrarnos la información solicitada, que tampoco nos proporcionó una vez reanudada la actividad administrativa a comienzos de junio. Es indignante.

El informe relativo a 2019 apenas se hace eco de una buena práctica por la que vale la pena felicitar al Gobierno de España: el vaciamiento de los CIE durante el estado de alarma. Es una cuestión que abordará con detalle el próximo informe, relativo a 2020. Pero ya el informe 2019 apunta al acierto de prescindir del internamiento, cuando se constató la imposibilidad de ejecutar las órdenes de expulsión y de devolución durante un plazo que iría más allá de los dos meses que fija la ley como máximo, así como la amenaza para la salud pública de las concentraciones humanas en espacios cerrados tan exiguos.

A mediados de mayo el SJM participó sus temores sobre lo que pueda pasar cuando se abran las fronteras de países como Marruecos, Argelia o Colombia y sea posible retomar las expulsiones y devoluciones. Seguirá pesando la amenaza del contagio en instalaciones cuya adecuación a la prevención necesitaría inversiones demasiado costosas en tiempos de crisis, como será muy costoso el CIE que se construirá de nueva planta en Algeciras. Lo cierto es que la crisis económica inhibe la inmigración. No son tiempos para reforzar el internamiento…, como amenaza el pacto europeo de inmigración y asilo que está en pleno debate en la UE. A nuevos tiempos, nuevas políticas.