El Gobierno endurecerá las leyes de extranjería y asilo en línea con el Pacto Europeo de Migraciones

El Consejo de Ministros ha aprobado los anteproyectos de una nueva Ley de Asilo y de reforma de la Ley de Extranjería con el objetivo de adaptar la legislación española al Pacto Europeo de Migración y Asilo, lo que ha sido recibido con cautela por las organizaciones especializadas en protección internacional
La Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) reclamó que el futuro texto preserve las garantías del derecho de asilo y tenga en cuenta las propuestas planteadas por la sociedad civil durante el proceso de elaboración de la ley.
El impulso legislativo persigue agilizar la tramitación de las solicitudes de protección internacional y acelerar la expulsión de migrantes en situación irregular, como marcó el Pacto Europeo de Migración y Asilo.
El Ejecutivo español, criticada a un lado y otro del espectro político por su mala gestión de la crisis de Ceuta, se suma a la corriente dominante en el viejo continente de endurecer la entrada de migrantes y facilitar las deportaciones, como por otra parte pide la derecha y la ultraderecha de nuestro país.
No obstante, el Ejecutivo afirma que tratará de reforzar las garantías para colectivos vulnerables con derecho a protección especial.
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, defendió tras la reunión del Consejo de Ministros que las reformas buscan establecer procedimientos más rápidos para diferenciar entre quienes tienen derecho a protección internacional y quienes migran por razones económicas.
Una de las principales novedades es la creación de un procedimiento acelerado en frontera para determinadas solicitudes de asilo. El nuevo sistema establece un plazo máximo de 12 semanas, ampliable en algunos casos a 16, para resolver las peticiones presentadas en puestos fronterizos. Durante ese periodo, los solicitantes permanecerán en instalaciones habilitadas mientras las autoridades analizan su expediente.
Según el Ejecutivo, esta medida responde al incremento sostenido de solicitudes de protección internacional registrado durante los últimos años. España ha pasado de recibir unas 3.000 solicitudes en 2009 a más de 167.000 en 2024, situándose entre los países de la Unión Europea con mayor volumen de peticiones.
La reforma también contempla un tratamiento específico para aquellas solicitudes consideradas con menores posibilidades de reconocimiento. Entre ellas figuran las procedentes de países cuya tasa de concesión de asilo en la UE sea inferior al 20%, los expedientes de personas consideradas un riesgo para la seguridad o aquellas sobre las que existan indicios de que han presentado la solicitud con el único objetivo de retrasar una expulsión.
En estos casos, la denegación de la protección internacional podrá llevar aparejada una decisión de retorno obligatoria, vinculando en un único procedimiento la resolución sobre el asilo y la eventual expulsión.
También desaparecería el recurso administrativo previo contra la denegación de asilo, obligando al solicitante a acudir directamente a la vía judicial.
Otra de las medidas más relevantes es la posibilidad de limitar la movilidad de los solicitantes de protección internacional. La administración podrá asignarles una zona geográfica concreta de residencia mientras se tramita su expediente. En determinados supuestos, cuando exista riesgo de fuga o razones de orden público, la restricción podrá extenderse a un edificio o instalación específica.
El Gobierno defiende esta herramienta como un mecanismo para distribuir a los solicitantes entre las distintas comunidades autónomas según la capacidad de acogida disponible y para evitar desplazamientos irregulares hacia otros países del espacio Schengen.
La nueva legislación incorpora además el denominado triaje migratorio, un sistema de identificación y control inicial previsto en la normativa europea. Este procedimiento se aplicará a las personas que entren irregularmente en territorio nacional, soliciten protección internacional en frontera o sean desembarcadas tras operaciones de rescate marítimo.
De forma general, deberá completarse en un plazo máximo de 72 horas, aunque podrá ampliarse hasta siete días previa autorización judicial.
Los anteproyectos también introducen una definición más precisa del concepto de “país de origen seguro”. Aunque cada solicitud deberá analizarse individualmente, proceder de uno de estos países podrá facilitar la inadmisión o denegación de la petición de asilo, salvo que concurran circunstancias específicas que justifiquen la necesidad de protección.
Frente al endurecimiento de algunos procedimientos, la reforma incorpora nuevas garantías para colectivos vulnerables. El texto refuerza la protección de menores, mujeres víctimas de violencia de género y personas LGTBI+, además de desarrollar mecanismos específicos de atención dentro del sistema de acogida.
Obligaciones y sanciones
La futura ley establece asimismo un catálogo de obligaciones para los solicitantes de asilo. Entre ellas figuran la aportación de documentación disponible, la facilitación de datos biométricos, la comparecencia ante las autoridades cuando sean requeridos y la colaboración con las administraciones durante la tramitación de su expediente. La falta de colaboración podrá tener consecuencias sobre la continuidad del procedimiento.
Por primera vez, además, se crea un régimen sancionador específico para los usuarios del sistema de acogida. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, con posibles sanciones que van desde la reducción de determinadas ayudas hasta el traslado de centro o la pérdida temporal o definitiva de prestaciones.
Otro de los cambios destacados afecta a las autorizaciones de residencia por razones humanitarias. El Gobierno elimina la vía excepcional que permitía regularizar la situación de determinados solicitantes de asilo cuya petición había sido rechazada.
El Ejecutivo considera que el uso extensivo de este mecanismo ha contribuido a sobrecargar el sistema de protección internacional y defiende que los afectados deberán recurrir a los procedimientos ordinarios de extranjería.
Diversas organizaciones sociales y de defensa de los derechos humanos han expresado ya su preocupación por algunas medidas que podrían restringir el acceso efectivo al derecho de asilo y reforzar los mecanismos de control y retorno de migrantes.
Vías legales y seguras
La Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) señaló que el nuevo marco legal del Pacto Europeo de Migración y Asilo reserva a los Estados margen para aplicar los estándares más garantistas previstos en la normativa comunitaria y en el derecho internacional.
Entre las medidas defendidas por CEAR figuran la apertura de vías legales y seguras para solicitar protección internacional, incluido el traslado desde embajadas y consulados; el mantenimiento de garantías como la asistencia jurídica gratuita, el acceso a intérprete y el derecho a un recurso efectivo; así como la aplicación estricta del principio de no devolución recogido en la Convención de Ginebra.
La organización también pidió reforzar la protección de las personas en situación de vulnerabilidad, especialmente mujeres, menores y adolescentes, preservar mecanismos ya existentes como el acceso al permiso de trabajo a partir del sexto mes de la solicitud de asilo y agilizar los procedimientos de reunificación familiar.
También defendió la creación de un mecanismo independiente de supervisión en las fronteras para prevenir vulneraciones de derechos humanos. Según la entidad, este instrumento contribuiría a evitar situaciones como las registradas en episodios anteriores de gran presión migratoria en las fronteras españolas.
“Esperamos que el texto que llegue al Congreso sea un punto de inflexión en la peligrosa deriva que están tomando las políticas migratorias a nivel europeo. España puede y debe tomar otro rumbo y demostrar que los derechos humanos no son negociables”, coinciden en señalar tanto la directora de CEAR, Mónica López, como el director de la organización, Mauricio Valiente.
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