Acuerdo de recuperación del derecho a la jubilación parcial para empleados públicos

Acuerdo de recuperación del derecho a la jubilación parcial para empleados públicos
El personal funcionario, incluido el perteneciente al Régimen de Clases Pasivas, y el personal estatutario podrán acogerse nuevamente a la jubilación parcial. Un avance que equipara a estos colectivos con el resto de personas trabajadoras

La recuperación de este derecho ha sido posible gracias al acuerdo firmado este miércoles, 18 de diciembre de 2024, por el ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López; el secretario general de UGT Servicios Públicos, Julio Lacuerda; y el coordinador de Área Pública de CCOO, Luciano Palazzo, tras dos años de negociación en el contexto del Acuerdo para una Administración del Siglo XXI.

Con este acuerdo, se corrige una “injusticia histórica” puesto que este colectivo era el único que no podía acceder a la jubilación parcial, una decisión política que adoptó el Gobierno del PP en 2012, cuando se eliminó este derecho del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).

La jubilación parcial es una modalidad de retiro que permite compatibilizar un desempeño laboral a tiempo parcial con el cobro de parte de la pensión, y que se puede vincular con un relevo desempeñado por otro trabajador.

Según los sindicatos, el pacto permitirá rejuvenecer las plantillas,  permitiendo la entrada de personal joven en empleos públicos estables y de calidad, reducir la precariedad y valorar la experiencia de los trabajadores mayores, quienes podrán formar al personal relevista.

Un aspecto destacado del acuerdo es que el o la relevista que sustituya a quien se jubile parcialmente será siempre personal funcionario de carrera o estatutario fijo. Las plazas necesarias para cubrir las jubilaciones parciales estarán garantizadas en las Ofertas de Empleo Público del mismo año. Este aspecto ayudará a reducir la precariedad en las Administraciones y evitará que se generen nuevas bolsas de temporalidad injustificadas.

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Implicaciones del acuerdo

Cobertura de las jubilaciones: Las plazas de quienes se acojan a la jubilación parcial estarán garantizadas en las Ofertas de Empleo Público, reduciendo la temporalidad en la Administración.

Funcionarios y estatutarios: El acuerdo beneficia a funcionarios del Régimen General y Clases Pasivas, y al personal estatutario de salud, dejando fuera al personal laboral, que ya contaba con esta opción a través de convenios colectivos.

Reformas legales necesarias: Para implementar el acuerdo, será necesario modificar el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), añadiendo una disposición específica sobre jubilación parcial; la Ley General de la Seguridad Social, que regulará la edad, cotización y reducción de jornada; y la Ley de Clases Pasivas, que también requiere ajustes para incluir esta modalidad de jubilación.

El Gobierno se ha comprometido a tramitar las reformas legales “a la mayor brevedad”, según recoge literalmente el texto firmado por el Ejecutivo y las dos organizaciones sindicales. Este paso permitirá que el acuerdo sea una realidad práctica, consolidando los derechos recuperados para miles de empleados públicos.