Asignaturas laborales pendientes para el nuevo curso político

Asignaturas laborales pendientes para el nuevo curso político
FOTO | Reunión de la mesa de diálogo social sobre pensiones. Vía Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Entre las muchas incógnitas de este nuevo curso político, sin duda, figuran los resultados de varias de las negociaciones abiertas entre el Gobierno y los agentes sociales en el marco del diálogo social, además de otras reivindicaciones sindicales todavía sin atender.

Por lo pronto, urge enmendar el error de ley de paridad que ha eliminado la presunción de nulidad de despidos en casos que afectan al ejercicio de determinados derechos en materia de conciliación. El objetivo de norma es avanzar hacia una mayor presencia de las mujeres en los puestos de responsabilidad, especialmente en aquellos sectores donde sigue habiendo muy poca representatividad femenina en altos cargos.

Pero en la disposición final novena de la Ley Orgánica 3/2024, que modifica varios artículos del Estatuto de los Trabajadores se ha suprimido la presunción de nulidad del despido de las personas trabajadoras que hayan solicitado el permiso por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización o estén disfrutando del mismo, así como de las adaptaciones de jornada para conciliación de la vida familiar y laboral

El Gobierno se ha comprometido ya a subsanar este fallo lo antes posible una vez iniciado el curso parlamentario y el periodo legislativo hábil, pues la modificación a entrado en vigor este jueves, 22 de agosto de 2024. Pese a ello, la presunción de discriminación y vulneración de derechos fundamentales sigue existiendo en estos supuestos, salvo prueba de lo contrario, al tratarse de derechos de conciliación, por lo que se puede recurrir ante los tribunales su nulidad.

Igualmente, sigue pendiente la adecuación de la legislación española a las disposiciones europeas sobre el carácter protector y restaurador de la indemnización por despido, tras el fallo de la justicia europea, en respuesta a la reclamación presentada por la UGT. El organismo ha señalado que la legislación española viola el artículo 24 de la Carta Social Europea dado que la compensación establecida por la ley española no es suficiente para cubrir los daños reales sufridos por las personas trabajadoras despedidas injustificadamente y no tiene un efecto disuasorio suficiente para los empleadores.

Los sindicatos han pedido eliminar o elevar los topes de compensación, fomentar la reincorporación, incluir los salarios de tramitación y asegurar una tramitación judicial más rápida para establecer una indemnización plenamente resarcitoria del daño causado.

Reducción de jornada laboral

En cuanto a las mesas abiertas de diálogo social, la de la reducción de jornada no se cerró en el plazo deseado. La reforma de los tiempos de trabajo no pudo cerrarse en el mes de julio como era la intención del gobierno, a pesar de que mantiene su decisión de que entre en vigor a lo largo del año 2025

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La última reunión de esta mesa del diálogo social acabó con el compromiso de la patronal de estudiar con seriedad la propuesta del Ministerio de Trabajo, de aplicar de manera flexible la reducción de la jornada laboral “a lo largo” de 2025 –y no el 1 de enero como era la posición inicial– , mejorar el registro de jornada y garantizar el derecho de los trabajadores a la desconexión digital tanto en las modalidades presenciales de trabajo como en el teletrabajo, cuestiones que se incorporar a la negociación.

La propia vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Diaz, reconoció que “podíamos cerrar con los sindicatos un acuerdo y no lo hemos hecho”, por lo que a la vuelta de las vacaciones de verano espera que CEOE y CEPYME estén en condiciones de sumarse al acuerdo.

Sin embargo, CCOO y UGT, de acuerdo con la propuesta inicial del ministerio, ya expresaron sus dudas por las concesiones al empresariado y han anunciado movilizaciones para el otoño, para “animar a la patronal a llegar a un acuerdo”.

Siniestralidad laboral

Sigue igualmente pendiente la actualización de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, a pesar de las muchas reuniones, de un carácter técnico complejo, mantenidas entre las partes negociadoras.

Las organizaciones de trabajadores aspiran a adecuar la normativa a la nueva realidad de los puestos de trabajo, teniendo muy presente tanto la perspectiva de género como los trastornos en la salud mental.

El objetivo sindical pasa por aprobar una nueva regulación de las enfermedades profesionales que incorpore la perspectiva de género a partir de la elaboración de un catálogo de sectores feminizados y la extensión de la prevención al trabajo autónomo.

La patronal no parece especialmente dispuesta aceptar que las empresas, especialmente de menor tamaño, asuman directamente las acciones de prevención de riesgos y advierte de la inseguridad jurídica que puede suponer la introducción de nuevas figuras en el sistema preventivo, para el que ha pedido mejorar los incentivos para las empresas.

La negociación tendrá que abordar punto a punto cómo mejorar la formación y los requisitos de los especialistas en prevención y cómo reforzar el papel de los comités de Seguridad y Salud.

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Sobre la mesa, está la mejora de la coordinación con la Administración sanitaria y los organismos públicos preventivos para atender los riesgos psicosociales y los derivados de las transiciones digital, ecológica y demográfica.

Pensiones

Es cierto que el mes de julio se cerró con un acuerdo en determinadas regulaciones de la protección social, con el que se cierra la reforma de pensiones iniciada en 2021, que afecta a la jubilación gradual y flexible, la jubilación parcial, la jubilación anticipada por trabajos penosos y nuevos incentivos para la compatibilidad de trabajo y pensión, además de la recuperación del coeficiente multiplicador del 1,5 para mejorar los periodos de cotización de las personas con contrato fijo-discontinuo.

Con todo, será el Parlamento el que apruebe definitiva estos cambios en el sistema de la Seguridad Social. De aprobarse definitivamente en la tramitación parlamentaria, no hará falta la cotización completa para compatibilizar pensión y empleo, lo que favorece a las mujeres con carreras laborales más cortas, mejorándose además las cuantías salariales a percibir, también para las personas trabajadoras por cuenta propia.

La jubilación activa supondrá un 4% más de pensión por cada año de demora y 2% por periodos de seis meses adicionales. Se podrá percibir el 45% de la pensión cuando se accede desde una demora de un año hasta llegar al 100% de pensión la demora llega a los cinco años, con mejoras de cuantías acumulativas por el tiempo de compatibilidad de trabajo y pensión.

En el caso de los autónomos, con un trabajador contratado por tiempo indefinido con antigüedad mínima de 18 meses o una nueva contratación se percibirá un 75%de la pensión. Este porcentaje se incrementará con un 5% anual hasta al alcanzar 100%.

La jubilación parcial podrá aplicarse en todos los sectores a partir de los 62 años, un año de anticipo con respeto a la regulación del Partido Popular en 2013 que puso el límite en dos años, según la carrera de cotización de cada persona, manteniéndose el resto de los requisitos (33 años cotizados, 6 años de antigüedad en la empresa…

A través de la negociación colectiva podrá determinarse la jornada de trabajo que debe realizar el jubilado parcial, de modo que puede concentrarse en un único periodo o hacerlo por años, meses, semanas o días, manteniendo la posibilidad de reducir la jornada hasta un máximo del 75% en los dos últimos años de jubilación parcial e incorporando un nuevo tramo de hasta el 33% para el primer año que se amplía ahora.

Por su parte, el contrato de relevo tendrá que ser indefinido y a tiempo completa, aunque se podrá concentrar la jornada de trabajo de las personas que accedan a la jubilación parcial a través de un acuerdo en el seno del centro de trabajo, pudiéndose además acoger a esta modalidad las personas con contrato fijo discontinuos.

Esta modalidad de jubilación se prorroga en la industria manufacturera hasta el fin de 2029, aunque con la progresiva convergencia de esta modalidad de jubilación con la modalidad general.

En el caso de la jubilación demorada se mantiene el incentivo de incremento del 4% de la cuantía de la pensión de jubilación por cada año adicional de retraso y se añade un incentivo adicional de un 2% por periodos de demora superior a seis meses e inferior a un año a aplicar en el segundo año de demora.

Otro de los aspectos que se han pactado es la mejora en el acceso a las pensiones y sus cuantías de las personas con contratos fijos discontinuos. En estos casos, se multiplicará cada día trabajado por 1,5 a efectos de cotización.

Este acuerdo incluye la modificación del Reglamento para el reconocimiento de coeficientes reductores de la edad de jubilación en actividades con elevados índices de penosidad, toxicidad, peligrosidad o insalubridad, aunque todavía no se ha llegado a concretar.

También se aprueba la posibilidad de suscribir convenios entre las consejerías de Sanidad de cada Comunidad Autónoma con las Mutuas Colaboradoras, ya reflejado en el Acuerdo por el Empleo y la Negociación Colectiva, para ofrecer tratamiento en el caso de las bajas laborales traumáticas. No obstante, las altas, confirmaciones y bajas seguirán correspondiendo al servicio público de salud. El paciente podrá revocar el consentimiento en cualquier momento del proceso.

Por último, el acuerdo recupera el sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral.

Este acuerdo, como los que puedan arrojar las demás mesas del diálogo social, no se traducirá en una norma legislativa si el Gobierno y sus socios no reúnen los acuerdos parlamentarios necesarios para ello, en este curso político que tan complicado se antoja.