Sindicatos y autónomos celebran el acuerdo para la reforma del sistema de cotizaciones (RETA)
Las organizaciones sindicales UGT y CCOO y las de los trabajadores autónomos UPTA y UATAE han celebrado el acuerdo para la concreción normativa del nuevo sistema de cotización y protección por ingresos reales de autónomos, aprobado este martes en el Consejo de Ministros, y han expresado que esperan que tenga un “amplio apoyo” a nivel parlamentario
En un comunicado conjunto, las cuatro organizaciones han subrayado el “apoyo total” que ha recibido este acuerdo por parte de los distintos agentes sociales y han señalado la importancia de que se apruebe de forma íntegra el texto acordado, ya que permitirá llevar a cabo una reforma “estructural, fundamental y necesaria” del sistema de cotizaciones de autónomos.
Un acuerdo precedido de un “largo periodo de negociación” y que se enmarca en el desarrollo de la primera fase de reforma del sistema de pensiones suscrito el pasado 1 de julio de 2021 para poner en marcha un nuevo sistema de cotización y protección de Seguridad Social basado en los ingresos reales para los trabajadores y trabajadoras encuadrados en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
En su valoración destacan que el nuevo sistema permite que los trabajadores por cuenta propia coticen “de forma progresiva” en relación a sus ingresos reales, permitiendo así que quienes tienen menores ingresos reduzcan su cuota y la aumenten progresivamente quienes tienen ingresos reales más altos.
“Este acuerdo reduce de manera relevante la enorme regresividad que tiene el Régimen Especial de Autónomos (RETA), acabando así con una anomalía histórica y contraria a cualquier criterio de equidad”, han apuntado.
Además, han mencionado la importancia de continuar avanzando en los próximos meses para terminar de definir el concepto de “ingresos reales” que será el que Hacienda deberá tener en cuenta para fijar la base de cotización y la inclusión progresiva de mejoras en aspectos de protección social para los autónomos.
Claves
El acuerdo alcanzado se ha realizado sobre elementos centrales que constituyen la espina dorsal del nuevo sistema:
- Garantía jurídica expresa de que al final del periodo transitorio (2023-2032) el sistema de Seguridad Social contará con un sistema de cotización basado en ingresos reales para los trabajadores/as encuadrados en el RETA, en los términos en que lo establecía el Acuerdo de diálogo social de julio de 2021.
- Establecimiento de un sistema transitorio hasta el año 2032 en el que las trabajadoras y los trabajadores autónomos cotizarán, de forma progresiva, por tramos y en relación directa de sus ingresos, con concreción expresa de dichos tramos en el periodo 2023-2025, “permitiendo así que quienes tienen menores ingresos reduzcan su cuota y la aumenten progresivamente quienes tienen ingresos reales más altos”.
- Compromiso expreso de igualación de la base mínima de cotización del RETA con la del Régimen General en un plazo de 3 años (2023-2025), acabando con otra anomalía, más reciente, y dando coherencia al conjunto del sistema de Seguridad Social en este aspecto, manteniendo la referencia de base mínima y base máxima en el RETA en los mismos términos que los utilizados en el Régimen General.
- Definición del concepto de “ingresos reales” que deberá ser aplicado por la Agencia Tributaria para que sea ésta la que establezca en base a la información fiscal la base de cotización que corresponde a cada trabajador/a autónomo.
- Inclusión de mejoras de protección social relacionadas con la prestación de cese de actividad, en las que se consolidan con carácter permanente las prestaciones excepcionales puestas en marcha en el marco de la pandemia por Covid y se avanza en la equiparación del régimen de protección que ofrece la Seguridad Social en el Régimen General a través de medidas como la definición de la prestación por cuidado de hijo afectado por cáncer u otras enfermedades graves.
Tramos y cuotas
Las cuotas mensuales a la Seguridad Social irán desde los 230 euros al mes a los 500 euros al mes en 2023 y de los 200 euros al mes a los 590 euros al mes en 2025, siempre en función de los rendimientos netos.
En términos porcentuales, los autónomos con ingresos más bajos experimentarán una reducción de su cuota de más del 30% respecto a la actual. Los trabajadores autónomos con rendimientos por debajo del SMI, entre los que abundan jóvenes y mujeres, pagarán cuotas entre 200 y 260 euros al mes en 2025. Ese año, los tramos de rendimiento medio tendrán cuotas entre 290 y 294 euros mensuales y quienes ganan más de 6.000 euros al mes, 590 euros.
El texto aprobado también fija una cuota bonificada para los nuevos autónomos de 80 euros durante doce meses, extensible a otros doce meses adicionales cuando los ingresos netos siguen siendo bajos.
2023 | 2024 | 2025 | ||||
TRAMO | BASE | CUOTA | BASE | CUOTA | BASE | CUOTA |
<=670 | 751,63 | 230 | 735,29 | 225 | 718,95 | 200 |
> 670 y <=900 | 849,67 | 260 | 816,99 | 250 | 784,31 | 220 |
>900 y <= 1.125,9 | 898,69 | 275 | 872,55 | 267 | 849,67 | 260 |
> 1.125,9 y <=1.300 | 950,98 | 291 | 950,98 | 291 | 947,71 | 290 |
> 1.300 y <=1.500 | 960,78 | 294 | 960,78 | 294 | 960,78 | 294 |
> 1.500 y <=1.700 | 960,78 | 294 | 960,78 | 294 | 960,78 | 294 |
> 1.700 y <=1.850 | 1013,07 | 310 | 1045,75 | 320 | 1143,79 | 350 |
> 1.850 y <=2.030 | 1029,41 | 315 | 1062,09 | 325 | 1209,15 | 370 |
> 2.030 y <=2.330 | 1045,75 | 320 | 1078,43 | 330 | 1274,51 | 390 |
> 2.330 y <=2.760 | 1078,43 | 330 | 1111,11 | 340 | 1356,21 | 415 |
> 2.760 y < =3.190 | 1143,79 | 350 | 1176,47 | 360 | 1437,91 | 440 |
> 3.190 y <=3.620 | 1209,15 | 370 | 1241,83 | 380 | 1519,61 | 465 |
> 3.620 y <= 4.050 | 1274,51 | 390 | 1307,19 | 400 | 1601,31 | 490 |
> 4.050 y <=6.000 | 1372,55 | 420 | 1454,25 | 445 | 1732,03 | 530 |
> 6.000 | 1633,99 | 500 | 1732,03 | 530 | 1928,10 | 590 |