El Gobierno endurece los límites de exposición al amianto, el plomo y los diisocianatos para reforzar la protección de la salud laboral

El Gobierno endurece los límites de exposición al amianto, el plomo y los diisocianatos para reforzar la protección de la salud laboral
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes dos reales decretos que actualizan la normativa de prevención de riesgos laborales para reforzar la protección de las personas trabajadoras frente a la exposición al amianto, el plomo y los diisocianatos, tres agentes vinculados a enfermedades graves, cánceres de origen profesional, trastornos reproductivos y patologías respiratorias.

La reforma, impulsada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, adapta la legislación española a las directivas europeas más recientes y responde a la evolución de la evidencia científica sobre los riesgos para la salud derivados de la exposición a estos agentes peligrosos en el entorno laboral.

Uno de los principales cambios afecta al amianto, donde el Gobierno adopta un nuevo enfoque orientado a avanzar hacia su eliminación progresiva. La norma reduce de forma significativa el valor límite ambiental de exposición diaria, que pasa a situarse en 0,01 fibras por centímetro cúbico como media ponderada para una jornada de ocho horas.

Además, se modifica la metodología de medición mediante la incorporación de la microscopía electrónica, una técnica que permitirá detectar fibras más finas y mejorar la evaluación del riesgo.

La nueva regulación también refuerza las obligaciones relativas al uso de equipos de protección respiratoria, la formación del personal expuesto y el control administrativo de las empresas que realizan trabajos con amianto.

Entre las novedades destaca la obligación de comunicar el inicio de los trabajos con una antelación mínima de siete días hábiles a la autoridad laboral competente. Asimismo, los planes de trabajo deberán resolverse en un plazo máximo de 45 días y se considerarán aprobados por silencio administrativo si no existe resolución expresa.

La normativa incrementa también las exigencias de trazabilidad y vigilancia sanitaria. Las empresas deberán conservar durante al menos 40 años la documentación relacionada con la evaluación de riesgos, la exposición, la formación recibida y los controles de salud de las personas trabajadoras.

El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) gestionará una base de datos de empresas con riesgo por amianto y publicará una relación actualizada de aquellas que dispongan de planes de trabajo aprobados. Además, será obligatorio registrar los casos de enfermedades profesionales relacionadas con este material diagnosticadas por personal sanitario competente.

Nuevos límites para el plomo

La reforma incorpora igualmente nuevos valores límite para el plomo y sus compuestos inorgánicos, considerados agentes reprotóxicos (tóxicos para reproducción) por su capacidad para afectar a la fertilidad y al desarrollo de la descendencia.

El valor límite ambiental de exposición profesional queda fijado en 0,03 miligramos por metro cúbico, mientras que el valor límite biológico vinculante se establece en 15 microgramos de plomo por cada 100 mililitros de sangre.

Las actividades con mayor riesgo de exposición incluyen la fabricación y reciclaje de baterías, la fundición y metalurgia, la minería y determinados trabajos de construcción, rehabilitación y demolición de edificios que contengan materiales con plomo.

Control de los diisocianatos

La normativa también introduce por primera vez valores límite de exposición profesional para los diisocianatos, compuestos  de nitrógeno, carbono y oxígeno ampliamente utilizados en la fabricación de poliuretanos, espumas,adhesivos, sellantes y materiales de aislamiento.

El límite de exposición para una jornada de ocho horas se fija en 6microgramos de isocianatos por metro cúbico. Estos productos están considerados sensibilizantes respiratorios y cutáneos y se encuentran asociados al desarrollo de enfermedades como el asma profesional y otras patologías dermatológicas.

Los sectores más afectados por esta medida serán la industria química, la fabricación de espumas y mobiliario, la construcción, el aislamiento de edificios, la automoción y los talleres de pintura y reparación de vehículos.

Basada en la evidencia científica

La actualización normativa, explica el Ministerio, responde a la necesidad de incorporar los avances científicos y técnicos disponibles sobre los efectos de estos agentes en la salud laboral y de reforzar los mecanismos de vigilancia, control de la exposición y protección de las personas trabajadoras.

Con esta reforma, el Gobierno busca mantener actualizado el marco español de prevención de riesgos laborales en línea con los objetivos de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027 y de la Agenda Nacional para la Prevención del Cáncer de Origen Profesional.

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