Los sindicatos rechazan el fallo del Supremo sobre el despido improcedente y exigen una reforma legal urgente

CCOO y UGT lamentan la resolución del Supremo que cierra la puerta a aumentar la indemnización por despido improcedente, desoyendo las decisiones del Comité Europeo de Derechos Sociales y consolidando un modelo de despido “barato, libre e injusto”
Como era de esperar, los sindicatos CCOO y UGT rechazan y responden al pronunciamiento del Tribunal Supremo de cerrar la puerta a cualquier incremento judicial de la indemnización por despido improcedente más allá de lo previsto en el artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores.
El Pleno de la Sala de lo Social del alto tribunal ha dictado una sentencia, cuyo texto íntegro se conocerá en los próximos días, en la que descarta que el actual sistema legal de indemnización vulnere el derecho internacional, argumentando que las referencias a una “indemnización adecuada” en el Convenio 158 de la OIT y en el artículo 24 de la Carta Social Europea revisada son de carácter programático y no exigibles directamente ante los tribunales.
“El debate no está cerrado”
El primer golpe en la mesa lo ha dado el sindicato liderado por Unai Sordo, que ha emitido un duro comunicado en el que recuerda que el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) ya ha dictaminado dos veces —la última el pasado 27 de junio a raíz de una reclamación promovida por el propio sindicato— señalando que la legislación española “no ampara adecuadamente a las personas trabajadoras de los despidos injustos y arbitrarios” y se sitúa “muy lejos” de los estándares exigidos por la Carta Social Europea.
“El derecho a una indemnización adecuada o a una reparación apropiada en estos casos no es un principio programático. Es una obligación jurídica de los Estados y, por ende, de todos sus poderes, incluido el judicial”, sostiene el sindicato.
A juicio de CCOO, con esta sentencia se pretende evitar la judicialización que provocaría el fallo del Comité, que establece que los jueces deben valorar, caso por caso, elementos como los daños materiales y morales, los salarios de tramitación y la readmisión como compensación posible.
“Esto obliga a España a reformar la legislación sobre despido para acabar con la desprotección frente a los despidos injustos”, subraya el comunicado.
Según la organización de trabajadoras y trabajadores, el fallo europeo establece los elementos mínimos que los órganos judiciales deben considerar para garantizar una compensación efectiva: daños materiales y morales, salarios de tramitación y, en su caso, la readmisión como forma de resarcimiento.
“El Comité Europeo de Derechos Sociales ha declarado que el Estatuto de los Trabajadores infringe la Carta Social Europea; esto obliga a España a reformar la legislación sobre despido para acabar con la desprotección frente a los despidos injustos”, subraya el comunicado.
“Una regresión en la tutela de derechos fundamentales”
Por su parte, UGT ha manifestado su profunda preocupación por la decisión del Supremo, que considera “una regresión en la tutela de derechos fundamentales” y una legitimación de un modelo de “despido libre, barato e injusto”.
El sindicato de Pepe Álvarez recuerda que el Estado español, al ratificar el Protocolo de Reclamaciones Colectivas del Consejo de Europa, asumió el compromiso jurídico de acatar las decisiones del CEDS, con dictamen previo del Consejo de Estado y autorización de las Cortes.
“Convertir en papel mojado los resultados de estos procedimientos debilita la seguridad jurídica, desprestigia nuestras instituciones y cuestiona el valor de los compromisos internacionales ratificados por España”, advierte.
“La sentencia, tal como ha sido anticipada, responde a una lógica puramente empresarial, que desconoce el desequilibrio estructural de poder en las relaciones laborales”, denuncia el sindicato.
En su análisis, UGT reprocha al Supremo que siga “el mal ejemplo de la Corte de Casación francesa”, que desoyó al CEDS, frente a la reacción de la judicatura de instancia en Francia, que ha elaborado jurisprudencia para desplazar los topes indemnizatorios cuando resultaban inadecuados o no disuasorios. También señala el caso italiano, donde el Tribunal Constitucional sí asumió la doctrina del Comité.
Además, el sindicato recuerda que tanto el Tribunal Constitucional como la Sala Tercera del propio Supremo han sostenido que las decisiones de los órganos que interpretan tratados internacionales de derechos humanos forman parte del canon constitucional. Así lo reafirmó la sentencia del 29 de mayo de 2025, de la Sala de lo Contencioso, que reconoció expresamente la necesidad de integrar esas decisiones en el Derecho interno.
“El Estado no puede incumplir de forma persistente una norma internacional ratificada sin vulnerar el artículo 96 de la Constitución Española”, señala el sindicato, que anuncia que acudirá al Tribunal Constitucional, al Tribunal de Justicia de la Unión Europea y al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Reforma del sistema de despido
Desde hace meses, el Ministerio de Trabajo y Economía Social ha expresado su intención de abordar una reforma del sistema de despido para hacerlo más garantista y disuasorio. Este planteamiento cuenta con el respaldo de los sindicatos, que reclaman la apertura de una mesa de diálogo social para modificar el régimen de despido en España, y con la oposición de la patronal, que se niega a tocar este tema.

Director de Noticias Obreras.
Autor del libro No os dejéis robar la dignidad. El papa Francisco y el trabajo. (Ediciones HOAC, 2019). Coeditor del libro Ahora más que nunca. El compromiso cristiano en el mundo del trabajo. Prólogo del papa Francisco (Ediciones HOAC, 2022)