El Tribunal Supremo avala ocultar la identidad de los grandes propietarios de vivienda y limita futuras investigaciones periodísticas

El Tribunal Supremo avala ocultar la identidad de los grandes propietarios de vivienda y limita futuras investigaciones periodísticas
Una sentencia del Tribunal Supremo ha cerrado la puerta a que periodistas y ciudadanos puedan acceder, a través de las leyes de transparencia, a la identidad de los grandes propietarios de vivienda en alquiler obtenida de registros públicos como los de fianzas autonómicas.

La resolución, que da la razón a la Cambra de la Propietat Urbana de Barcelona frente a una reclamación impulsada por el medio catalán Crític, supone un revés para las investigaciones sobre concentración de vivienda en manos de grandes tenedores y crea un precedente que podría dificultar trabajos periodísticos similares en el futuro.

El fallo afecta a una de las principales vías utilizadas en los últimos años para arrojar luz sobre la propiedad del parque de vivienda en alquiler. Gracias a solicitudes de acceso a la información realizadas ante distintas comunidades autónomas, varios medios pudieron identificar a empresas propietarias de miles de viviendas y elaborar mapas de concentración de la oferta residencial.

Entre esos trabajos figura la investigación sobre los denominados “megatenedores” realizada entre 2023 y 2024 por la entidad de  periodismo de vigilancia Civio, que concluyó que 737 empresas acumulaban unas 185.000 viviendas alquiladas en España.

Los datos fueron obtenidos a partir de registros autonómicos de depósitos de fianzas y posteriormente citados por otros medios y analistas especializados en vivienda.

Un conflicto iniciado en Cataluña

El origen del litigio se remonta a 2021, cuando Crític solicitó al Institut Català del Sòl información sobre los grandes propietarios y gestores de vivienda en alquiler en Cataluña. Tras una negativa inicial, la Comisión de Garantía del Derecho de Acceso a la Información Pública (GAIP) resolvió que debían facilitarse los datos correspondientes a empresas propietarias.

La decisión fue recurrida por la Cambra de la Propietat Urbana de Barcelona ante el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC), que en diciembre de 2023 estimó la impugnación y rechazó la entrega de la información. Posteriormente, la Generalitat llevó el caso al Supremo mediante recurso de casación.

La reciente sentencia del alto tribunal confirma el criterio favorable a la Cambra y establece que la divulgación de estos datos no supera los límites de protección aplicables, lo que restringe el acceso público a la identidad de grandes propietarios obtenida mediante estos registros administrativos.

Impacto en las investigaciones

La resolución tiene especial relevancia porque la información reclamada no afectaba a pequeños propietarios particulares, sino a grandes empresas con amplias carteras de vivienda. De hecho, algunas investigaciones periodísticas limitaron aún más el alcance y se centraron exclusivamente en sociedades propietarias de al menos 50 viviendas en alquiler.

Diversos periodistas especializados en transparencia consideran que este tipo de datos son esenciales para analizar el funcionamiento del mercado residencial, la concentración de la propiedad o el impacto de las políticas públicas de vivienda.

Según los impulsores de estas investigaciones, la sentencia dificulta conocer quién controla una parte significativa del parque de alquiler en un contexto marcado por el encarecimiento de los precios y las crecientes dificultades de acceso a la vivienda.

El argumento de la ocupación

Uno de los aspectos más polémicos del procedimiento ha sido la utilización, como argumento contrario a la divulgación, de documentación que advertía de que la identificación de grandes propietarios podría facilitar actuaciones de ocupación ilegal de inmuebles.

Los críticos con la sentencia consideran que ese razonamiento podría extenderse a información que ya es accesible por otras vías, como datos corporativos publicados por entidades financieras y sociedades inmobiliarias, información registral o documentación mercantil de acceso público.

Un precedente en materia de transparencia

Juristas y especialistas en acceso a la información destacan que el pronunciamiento del Supremo tiene un alcance que trasciende el ámbito de la vivienda. Al fijar doctrina, la resolución podría ser invocada en futuros procedimientos relacionados con solicitudes de información pública, reforzando criterios restrictivos frente al acceso a determinados datos de interés general.

Las organizaciones defensoras de la transparencia alertan de que el fallo se produce en un momento de especial interés público sobre el mercado de la vivienda y la actuación de los grandes propietarios.

Pese al revés judicial, los medios que han impulsado estas investigaciones sostienen que continuarán explorando otras fuentes de información para analizar la concentración de vivienda y la actividad de grandes operadores inmobiliarios. Entre los litigios aún pendientes figura el acceso a información sobre operaciones realizadas por Sareb con miles de viviendas protegidas desde su creación, una cuestión que continúa en sede judicial.

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