La justicia italiana actúa contra la filial de Glovo por explotación laboral

Un decreto judicial señala retribuciones hasta un 76,95% inferiores al umbral de pobreza. Sindicatos denuncian un sistema basado en salarios a destajo, falsa autonomía y falta de protección laboral
La Fiscalía de Milán ha ordenado el control judicial de Foodinho, la sociedad de reparto del grupo español Glovo, por presunta explotación laboral, según informa el medio italiano collettiva.it. El decreto del fiscal Paolo Storari sostiene que la empresa habría pagado a miles de repartidores “retribuciones en algunos casos inferiores hasta en un 76,95% respecto al umbral de pobreza y hasta en un 81,62% respecto a la negociación colectiva”, cantidades que no garantizan una “existencia libre y digna”.
La investigación señala que el administrador de la compañía “empleaba mano de obra en condiciones de explotación y aprovechándose del estado de necesidad de los trabajadores”. El procedimiento afecta a unos 2.000 repartidores en Milán y a cerca de 40.000 en el conjunto del país.
La medida implica el nombramiento de un administrador judicial que supervisará la gestión de la empresa, aunque no paraliza su actividad. El control deberá ser confirmado por el juez de instrucción.
En la causa está investigado el administrador de Foodinho, el español Pierre Miquel Oscar, junto a la propia sociedad, por el delito de “caporalato” (explotación laboral organizada), tras las pesquisas realizadas por la policia italiana del núcleo de inspección de trabajo.
El fiscal Storari, que ha dirigido investigaciones similares en el sector del reparto y la logística, considera que la empresa habría utilizado personas trabajadoras en condiciones de explotación, especialmente migrantes.
El sindicato CGIL señala que la iniciativa judicial “vuelve a poner en el centro una situación que denunciamos desde hace años: alrededor del trabajo de los riders se ha estructurado un verdadero sistema de ilegalidad y explotación”. Según esta organización, los salarios son a destajo, las condiciones contractuales carecen de protección y resultan “alarmantes” las condiciones de seguridad.
En ese sentido, la organización sindical afirma que la resolución confirma que los repartidores “no son trabajadores autónomos” y denuncia un modelo que remunera solo el tiempo de entrega, trasladando el riesgo empresarial a quienes trabajan. En una encuesta reciente citada por el sindicato, cerca del 60% de los repartidores declaró percibir entre 2 y 4 euros brutos por hora.
Reclamación de derechos laborales
La organización de trabajadoras y trabajadores sostiene que el modelo organizativo del reparto en plataformas es una “explotación vil y burda, basada estructuralmente en la compresión de derechos, salarios y protecciones”. Según el sindicato, miles de repartidores habrían trabajado con remuneraciones muy inferiores a los mínimos de la negociación colectiva y en condiciones propias de una relación laboral subordinada encubierta.
La CGIL reclama el reconocimiento del vínculo laboral, la aplicación de convenios colectivos, salarios dignos y protección efectiva en materia de salud, seguridad y protección social. También subrayan la importancia de aplicar la Directiva europea sobre trabajo en plataformas, como recoge la información publicada por collettiva.it.
El procedimiento judicial en Italia se produce en un contexto europeo marcado por el debate sobre el trabajo en plataformas digitales. En España, donde esta cuestión ha sido objeto de regulación y seguimiento judicial en los últimos años, el caso vuelve a situar en el centro las condiciones laborales de los repartidores y la garantía efectiva de sus derechos.
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Director de Noticias Obreras.
Autor del libro No os dejéis robar la dignidad. El papa Francisco y el trabajo. (Ediciones HOAC, 2019). Coeditor del libro Ahora más que nunca. El compromiso cristiano en el mundo del trabajo. Prólogo del papa Francisco (Ediciones HOAC, 2022)



