La justicia europea avala la Directiva sobre salarios mínimos y refuerza la negociación colectiva

La sentencia confirma la validez del núcleo de la norma y mantiene los criterios de suficiencia salarial del 60% del salario mediano y 50% del salario medio como referencias para garantizar un nivel de vida digna. Los sindicatos europeos celebran el fallo y reclaman su aplicación inmediata, mientras que CCOO y UGT urgen al Gobierno español a situar el salario mínimo en el 60% del salario medio, en coherencia con la Carta Social Europea
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia de gran trascendencia para las personas trabajadoras y la cohesión social que ratifica la validez de la Directiva europea sobre salarios mínimos adecuados (Directiva 2022/2041) y desestima la mayor parte de la demanda presentada por Dinamarca y apoyada por Suecia, que habían impugnado la norma por considerar que invadía las competencias nacionales en materia de remuneraciones y negociación colectiva.
El fallo del Tribunal, hecho público este martes, confirma la legalidad del texto y sus disposiciones esenciales, reconociendo la competencia de la Unión para establecer estándares mínimos que garanticen la protección de los trabajadores y las trabajadoras, en coherencia con el Pilar Europeo de Derechos Sociales. Solo anula parcialmente el artículo 5.2, referido a los criterios detallados de adecuación salarial (como el coste de la vida o la productividad), pero mantiene en vigor los principios generales sobre los que se sustenta la Directiva.
Entre ellos, el artículo 5.1, que obliga a los Estados miembros a fijar salarios mínimos “con el objetivo de lograr un nivel de vida digno, reducir la pobreza de las personas ocupadas, fomentar la cohesión social y reducir la brecha salarial de género”, y el artículo 5.4, que fija como umbrales de referencia el 60% del salario mediano bruto y el 50% del salario medio bruto.
El artículo 4, que obliga a los Estados a promover la negociación colectiva en materia salarial y a facilitar información adecuada para que las partes puedan negociar en condiciones justas, también se mantiene plenamente vigente.
“Europa puede y debe actuar por salarios justos”
La Confederación Europea de Sindicatos (CES) ha acogido el fallo como una victoria decisiva para el sindicalismo europeo. Su secretaria general, Esther Lynch, afirmó, en una comparecencia de prensa este martes, que la resolución “confirma que la Directiva sobre el salario mínimo europeo está sobre terreno firme” y que “Europa puede promover la negociación colectiva, porque el derecho a la negociación colectiva forma parte del tejido jurídico europeo”.
Lynch celebró que la sentencia “pone fin a las excusas” y reclamó a los Estados miembros que implementen sin demora la norma. La dirigente sindical recordó que dieciocho países europeos aún no han presentado los planes nacionales de acción exigidos por la Directiva para extender la cobertura de la negociación colectiva al 80% de la población trabajadora, pese a que el plazo de transposición expiró el 5 de noviembre de 2024.
Lynch subrayó además que el fallo mantiene “el umbral de decencia” del 60% del salario mediano, que considera “una referencia clave por debajo de la cual ningún salario mínimo debería situarse”, y pidió a la Comisión Europea que emita una recomendación para orientar a los Estados en la aplicación de la norma.
Para la CES, la decisión del TJUE reafirma el compromiso europeo con salarios dignos, negociación colectiva efectiva y convergencia social al alza.
“Refuerza la protección de los derechos laborales”
Las organizaciones sindicales españolas han respondido con satisfacción al fallo del TJUE. El sindicato CCOO ha celebrado la sentencia de la justicia europea, que considera que “refuerza la protección de los derechos laborales y sindicales dentro del marco europeo” y confirma la obligación de los Estados de garantizar salarios justos y adecuados.
Su secretario de Acción Sindical y Transiciones Estratégicas, Javier Pacheco, ha señalado que el fallo “consolida uno de los pilares que debe hacer avanzar hacia una Europa más justa, que solo puede venir de la mano de salarios justos y adecuados”.
A su juicio, España debe transponer sin dilación los criterios de la Directiva y fijar un salario mínimo interprofesional (SMI) que alcance el 60% del salario mediano neto, “sin mecanismos de compensación ni limitaciones para su aplicación”, garantizando además “una negociación colectiva de salarios justa e informada”.
“Se trata de dignidad, justicia social y democracia”
En la misma línea, la Unión General de Trabajadoras y Trabajadores (UGT) ha valorado la sentencia como un paso decisivo hacia una convergencia social al alza y un blindaje del modelo europeo de cohesión y justicia social.
UGT destaca que la resolución mantiene los umbrales de suficiencia del 60% del salario mediano y 50% del salario medio, que son “la guía técnica esencial para garantizar un nivel de vida digno y reducir la pobreza laboral”, y refuerza el papel de la negociación colectiva como instrumento básico de distribución justa de la riqueza.
“La sentencia del TJUE demuestra que Europa puede avanzar hacia una convergencia social al alza”, ha afirmado la organización, recordando que “no se trata solo de economía: se trata de dignidad, justicia social y democracia”.

Director de Noticias Obreras.
Autor del libro No os dejéis robar la dignidad. El papa Francisco y el trabajo. (Ediciones HOAC, 2019). Coeditor del libro Ahora más que nunca. El compromiso cristiano en el mundo del trabajo. Prólogo del papa Francisco (Ediciones HOAC, 2022)



