La Generalitat Valenciana decreta alerta roja por lluvias y CCOO recuerda el derecho a permisos por causa climática

La Generalitat Valenciana decreta alerta roja por lluvias y CCOO recuerda el derecho a permisos por causa climática
FOTO | Europa Press
El Centro de Coordinación de Emergencias de la Generalitat Valenciana ha decretado para este lunes la alerta roja por lluvias en el litoral norte de Castellón y en todo el litoral de Valencia

La Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) ha emitido este domingo un aviso especial de fenómenos adversos, que advierte de un episodio de “lluvias muy fuertes y persistentes” en el tercio este peninsular y Baleares hasta el próximo martes, con un grado de probabilidad alto (70%).

Según la nota oficial, “los chubascos pueden dar lugar a inundaciones locales súbitas y repentinas en zonas bajas, arroyos y ramblas, por lo que el nivel de peligro potencial de esta situación es elevado”.

La Comunidad Valenciana será el área más afectada, en particular la provincia de Valencia, donde se prevé que “podrían superarse los 250-300 mm con intensidades torrenciales” entre el lunes y la primera mitad del martes. Baleares también sufrirá lluvias muy fuertes, sobre todo en Ibiza y Mallorca.

En este sentido, el Centro de Coordinación de Emergencias de la Generalitat Valenciana ha decretado para este lunes la alerta roja por lluvias en el litoral norte de Castellón y en todo el litoral de Valencia. Asimismo, Emergencias ha activado el aviso amarillo por tormentas en las tres provincias.

Priorizar la prevención y la salud

Ante la activación de alertas naranja o roja, CCOO ha recordado que lo prioritario es la prevención y la salud laboral. El sindicato recomienda que, siempre que sea posible, se recurra al teletrabajo, y si no, se reduzca o modifique la jornada para evitar desplazamientos o exposición a riesgos.

Asimismo, insiste en que las personas trabajadoras tienen derecho a un permiso retribuido por “causa climática” de hasta cuatro días, cuando las autoridades recomienden o prohíban el desplazamiento, o cuando exista una situación de riesgo grave o inminente.

Un nuevo derecho recogido en el Estatuto

La entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, ha consolidado esta figura en el artículo 37.3.g) del Estatuto de los Trabajadores, con el objetivo de dar respuesta al impacto creciente del cambio climático en las relaciones laborales.

El texto legal, que habla de una “necesidad impostergable”, garantiza que “ante catástrofes o fenómenos meteorológicos adversos, nadie ponga en riesgo su integridad”. El permiso cubre la imposibilidad de acudir al centro de trabajo por fenómenos climáticos, por restricciones o prohibiciones de movilidad dictadas por las autoridades o por riesgos graves e inminentes.

Si la situación se prolonga más allá de los cuatro días, la norma prevé otras medidas como la suspensión temporal del contrato (ERTE) o la reducción de jornada por fuerza mayor. Además, obliga a las empresas a facilitar el trabajo a distancia cuando sea viable y a incorporar en los convenios colectivos protocolos de actuación ante fenómenos climáticos extremos.