Los sindicatos rechazan la sentencia europea sobre pensiones y exigen medidas para mantener la lucha contra la brecha de género

Los sindicatos rechazan la sentencia europea sobre pensiones y exigen medidas para mantener la lucha contra la brecha de género
FOTO | Shyntartanya, vía Shutterstock
Las organizaciones sindicales cargan contra la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que declara discriminatorio el complemento de pensiones contra la brecha de género y piden al Gobierno de España que presione a la UE para cambiar la anticuada legislación europea.

CCOO planteará hoy mismo en la mesa de diálogo social que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones tiene abierta con las organizaciones sindicales y empresariales el estudio de medidas alternativas que, cumpliendo con la sentencia del TJUE, garanticen sin embargo el objetivo de la reducción de los efectos de la brecha de género sobre las pensiones públicas.

Considera esta organización que “la prioridad inmediata es activar urgentemente la mesa de diálogo social para estudiar medidas alternativas y garantizar la línea de actuación contra la brecha de género”.

Igualmente, UGT reclama “la evaluación del impacto de esta sentencia” y acordar “una respuesta conjunta” que garantice el mantenimiento de las políticas de acción positiva necesarias para la igualdad real. También considera imprescindible abrir un debate a nivel europeo sobre la adecuación de la Directiva 79/7/CEE de 1978 a las necesidades actuales.

“Una normativa que impide distinguir entre igualdad formal y desigualdad estructural no puede ser un obstáculo para implementar medidas que corrijan las discriminaciones reales que siguen afectando a millones de mujeres en Europa”, señala.

El máximo tribunal europeo considera discriminatorio por razón de sexo exigir a los hombres requisitos adicionales para acceder al complemento de pensión por brecha de género. Según explica en su sentencia, la discriminación estructural contra las mujeres no basta para conceder automáticamente a las madres el suplemento en las pensiones, mientras se exige a los padres pleitear en los juzgados y demostrar el impacto en sus carreras de la paternidad.

El tribunal europeo, en respuesta a dos cuestiones prejudiciales presentados por juzgados españoles sobre el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS),  ha fallado que este complemento incumple la directiva europea relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social.

En 2016, el Gobierno del PP estableció este suplemento para madres de dos o más hijos, que la justicia europea anuló en 2019 por discriminatorio, por lo que el Ejecutivo presidido por Pedro Sánchez, con José Luis Escrivá, al frente de la Seguridad Social, se vio obligado a reconocer la posibilidad de que también los hombres que cumplieran una serie de requisitos pudieran cobrarlo.

Este complemento “de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género” que, en 2025 alcanza los 35,90 euros mensuales por hijo, ha sido reclamado por ciudadanos españoles que han conseguido que los juzgados del país reconociesen su derecho a percibirlo.

El propio TJUE ya sentenció en 2023 que los progenitores varones sufrían discriminación por no tener derecho a percibirlo entre 2016 y 2021 y por tener que acudir a los tribunales para demostrar que sus carreras profesionales se han visto afectadas por el nacimiento o de la adopción de sus hijos.

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El sindicato liderado por Pepe Álvarez recuerda que el objetivo de este complemento es “reducir la brecha de género en las pensiones derivada de una desigualdad estructural y no puntual” y que así fue pactado en el marco del diálogo social – con la suscripción por parte tanto de las organizaciones patronales, sindicatos y gobierno- y convalidado en el Parlamento español al ratificar el mencionado Real Decreto-ley 3/2021.

Diferencias estructurales en la protección social

De hecho, apunta que e abril de 2025, la pensión media de los hombres ascendía a 1.568,33 euros, frente a 1.076,53 euros en el caso de las mujeres y aunque la reducción de jornada es un derecho individual, el 83,5 % de quienes lo solicitan por guarda legal son mujeres. Además, precisa que el 73,6 % de las personas ocupadas a tiempo parcial son mujeres (2.252.600 frente a 806.400 hombres), lo que impacta directamente en sus bases de cotización y, por tanto, en sus pensiones futuras.

Para este sindicato, la exigencia de requisitos para que los hombres accedan al complemento en las pensiones no es una discriminación, sino “un instrumento lógico y proporcionado para garantizar que el complemento cumpla su función correctora de una desigualdad real y persistente”.

De prosperar el criterio del TJUE sin matices, “no solo se pondría en peligro el equilibrio financiero del sistema, sino que se vaciaría de contenido el objetivo por el cual este complemento fue creado: reducir la brecha de género en las pensiones”, alerta el sindicato que dirige Pepe Álvarez.

Por su parte, CCOO ha advertido de que el fundamento jurídico de la sentencia europea se basa en la Directiva 79/7/CEE reserva a las medidas de acción positiva a favor de las mujeres que deja poco margen para la acción pública contra la brecha de género al unirlas exclusivamente a situaciones relativas al tiempo dedicado a la “educación” de los hijos.

“Se trata sin duda de una limitación que puede entenderse lógica en una norma que fue aprobada hace casi medio siglo (fue aprobada en 1978 y entró en vigor en 1979), pero que hoy ya no responde adecuadamente a los retos actuales que plantea el mercado laboral y la realidad de la sociedad”.