Claves del proyecto piloto para la reducción de la jornada laboral sin merma salarial

Claves del proyecto piloto para la reducción de la jornada laboral sin merma salarial
Foto: Elevate (unsplash)
El BOE ha publicado la orden (ICT/1238/2022) que establece las bases reguladoras, procedimientos y ayudas para la puesta en marcha de proyectos piloto que permitan la reducción de la jornada laboral sin merma salarial. La jornada se reducirá un mínimo del 10%, durante al menos dos años, para un número determinado de trabajadoras y trabajadores, según el tamaño de la empresa.

La orden del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, publicada este sábado, reconoce que la reducción de la jornada laboral es una conquista de los trabajadores y las trabajadoras. En el caso de España, hace referencia a la “intensa huelga” realizada en 1919, con hito clave para la aprobación de la jornada laboral máxima de 8 horas.

El texto preliminar de la orden indica que incentivar jornadas laborales más cortas, combinado con otras medidas, podría incrementar la productividad como ya se han materializado en nuestro país en algunas empresas privadas, máxime teniendo en cuenta la necesidad de introducir factores como la sostenibilidad, la conciliación de la vida personal, familiar y laboral o el impulso digital para una mejor gestión de los factores productivos.

En este contexto, se considera oportuno fomentar desde el sector público, apoyado por el diálogo social, la puesta en marcha de jornadas laborales más cortas sin mengua salarial, en el marco de un proceso de evaluación continua que permita hacer un seguimiento de la efectividad de la propuesta y en su caso realizar mejoras futuras.

¿Quién puede acogerse al proyecto piloto de reducción de la jornada laboral?

Las pequeñas y medianas empresas (pymes) que no formen parte del sector público y que desarrollen una actividad industrial.

¿Cuáles son los compromisos de las pymes?

Reducir la jornada laboral ordinaria a tiempo completo al menos del 10 por ciento de la jornada en cómputo semanal, durante dos años, y afectará únicamente a personas trabajadoras con contrato indefinido a tiempo completo. En ningún caso, esta reducción podrá afectar a las retribuciones salariales que legal o convencionalmente correspondiesen al 100% de la jornada laboral.

Garantizar que el número de mujeres participantes en el proyecto responda al porcentaje de distribución de género existente en la totalidad de la plantilla con contrato indefinido a tiempo completo, permitiéndose una desviación del 10%.

Determinar medidas organizativas o formativas para optimizar el tiempo de trabajo a implementar durante toda la duración del proyecto piloto.

Incorporar indicadores que midan la mejora de la evolución de la productividad del trabajo en la empresa o centro de trabajo que serán evaluados periódicamente.

¿Qué número de trabajadores debe beneficiarse?

  • Empresas o centros de trabajo de hasta 20 personas trabajadoras: al menos al 30 % de las personas trabajadoras.
  • Empresas o centros de trabajo de entre 21 y 249 personas trabajadoras: al menos al 25 % de las personas trabajadoras.

Para el cálculo del número de personas trabajadoras de una empresa o centro de trabajo se tendrá en cuenta la plantilla total de la misma a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, de acuerdo con las siguientes reglas:

  • Computarán todas las personas trabajadoras de la empresa cualquiera que sea la forma de contratación laboral, incluidas las personas con contratos fijos discontinuos y con contratos de duración determinada.
  • Cada persona con contrato a tiempo parcial se computará, con independencia del número de horas de trabajo, como una persona más.
  • A este número de personas deberán sumarse los contratos de duración determinada, cualquiera que sea su modalidad.
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¿Participan los trabajadores y las trabajadoras en esta organización del trabajo?

Sí, la orden establece que los proyectos piloto para la reducción de la jornada laboral deberán ser objeto de acuerdo con la representación legal de los trabajadores, con carácter previo a la solicitud de la ayuda. En caso de no existir representación legal de las personas trabajadoras en la empresa, el acuerdo deberá alcanzarse con las organizaciones sindicales más representativas del sector correspondiente, empresa o bien mediante una comisión negociadora elegida por las personas trabajadoras.

Este acuerdo incluirá la propuesta de designación de los miembros de una comisión de seguimiento del proyecto por la parte empresarial, y debe acreditarse en el momento de la solicitud.

¿Qué se financia?

Los costes salariales del personal afectado por la reducción de la jornada laboral: gastos que debe soportar la empresa como consecuencia de la reducción de la jornada laboral durante el primer año, y que incluyen la parte proporcional de los costes brutos de empleo (sueldos y cotizaciones sociales) del personal de la empresa participante en el proyecto piloto y conforme a la descripción realizada en la solicitud y en la memoria del proyecto.

Los gastos de contratación de los servicios de formación relativa a la optimización del tiempo de trabajo de los trabajadores afectados a la implementación del proyecto piloto.

Los gastos de contratación de servicios externos de asesoramiento para el diseño o rediseño de procesos afectados por el proyecto piloto y directamente vinculados a la producción de bienes y servicios de la empresa, o costes de personal implicado en esas mismas funciones.

El gasto derivado del informe realizado por un auditor

¿Cuánto se financia?

El proyecto piloto cuenta con un presupuesto de 10 millones de euros. La financiación total a conceder en forma de subvención será como máximo del 90 por ciento sobre el presupuesto financiable. El importe máximo será de 200.000 euros.

De los costes salariales

N.º de empleados de la empresa Subvención asignada
Hasta 10 personas. 90% del gasto de personal soportado por la empresa como consecuencia de la reducción de la jornada durante el primer año.
Entre 11 y 52 personas. 80% del gasto de personal soportado por la empresa como consecuencia de la reducción de la jornada durante el primer año.
Entre 53 y 249 personas. 75% del gasto de personal soportado por la empresa como consecuencia de la reducción de la jornada durante el primer año.

Se establece un límite máximo subvencionable de 150.000 euros para gastos de personal afectado por reducción de jornada laboral.

De la formación, hasta el 100 % del gasto; de colaboraciones externas: hasta el 80 % del gasto; y el del auditor, hasta el 100%.

 

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