Muere un repartidor en Madrid, el segundo en lo que va de año
Un trabajador de reparto de comida ha fallecido en Madrid tras chocar su moto contra un coche y salir despedido contra el guardarraíl. Los sindicatos piden a la Inspección de Trabajo que investigue lo ocurrido.
El accidente laboral, en el que ha perdido la vida un “rider” de 51 años, ha ocurrido el martes 25 de mayo, al medio día, en el kilómetro 4 de la autovía de Valencia, cerca de la conexión con la M-30, dentro de la ciudad de Madrid. El fallecido llevaba un cajón con el logo de la empresa Glovo.
Es el segundo trabajador de una plataforma digital de reparto de comida a domicilio que fallece en la capital en lo que llevamos de este año, después del accidente mortal de un trabajador de Deliveroo en el mes de febrero; y el número 20 de los trabajadores del sector Servicios que se dejan la vida en su puesto de trabajo.
Los sindicatos han pedido la actuación de la Inspección de Trabajo en lo que califican como accidente laboral y exigen a las empresas que implementen todas las medidas preventivas necesarias para preservar la vida de sus trabajadores y trabajadoras.
Para la secretaria de Salud Laboral del CCOO de Madrid, Carmen Mancheño, “trabajar y cobrar bajo pedido ejerce una enorme presión en los repartidores, que se une al hecho de estar geolocalizados tanto por la empresa como por el cliente y hace que la presión sea aún mayor y que vayan muy rápidos de un sitio a otro”.
La entrada en vigor de la recién aprobada “ley rider” debería servir, para que se cumplan las obligaciones empresariales en prevención de riesgos laborales, tanto las referidas a las condiciones materiales y técnicas como organizativas, incluyendo el conocimiento de los algoritmos que se emplean, y así conseguir empleos no solo ‘legales’ sino también seguros y de calidad.
Precisamente, hoy mismo, el Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de Deliveroo contra la sentencia que reconocía la condición de empleados de 532 repartidores de Madrid, siguiendo su propia jurisprudencia que ya había sentenciado como falso autónomo a otro repartidor de Glovo.
El auto reciente determina claramente que todos los riders han de ser asalariados, en línea con el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que había dictaminado que los repartidores de Deliveroo prestaban sus servicios con habitualidad y dependencia, al estar localizados por GPS y ser penalizados si rechazaban pedidos.
⚫️Lamentamos la muerte de un repartidor de comida en accidente laboral ayer
Es el segundo rider que pierde la vida en accidente laboral en Madrid en lo que va de añohttps://t.co/4uFtnNbfrY pic.twitter.com/XzkuMHDeDJ
— CCOO de Madrid (@CCOOMadrid) May 26, 2021
Redactor jefe de Noticias Obreras