Un paso más para las trabajadoras de hogar y cuidados
Inmersas aún en plena pandemia, si algo ha evidenciado la crisis de la COVID-19 es que los cuidados son esenciales para la vida. Sin embargo, no parecen serlo tanto las personas que los sostienen (mayoritariamente mujeres y, muchas de ellas, migradas) ni tampoco sus derechos.
La carencia de derechos fundamentales, como el paro o la protección efectiva de la salud, entre otros, ha colocado al sector de trabajadoras de hogar y cuidados en una situación muy precaria. Despidos, suspensiones de contratos, reducciones de jornada y salario, vacaciones forzadas, sobrecarga de tareas, falta de descanso… han estado en este tiempo, y están, a la orden del día. En contrapartida, durante la primera quincena tras el estado de alarma, silencio absoluto sobre el sector; para, posteriormente y tras la presión de los colectivos, reconocer un subsidio extraordinario que va a cubrir, y no del todo, solo a una parte; dejando fuera y atrás a más de un tercio, aquellas que trabajan en economía sumergida.
En este contexto, vuelve a cobrar actualidad el «Convenio 189 sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos». Adoptado en junio de 2011 por la OIT, recoge una batería de derechos no reconocidos –entonces y, muchos de ellos, aún hoy– en la legislación del Estado.
La aprobación de este convenio internacional tuvo su alcance a nivel del Estado; pues, ese mismo año y después de más de tres décadas de no producirse ningún avance sustancial en ese sector, se promulgaron dos nuevas normativas que incorporaron ciertas reformas.
Así, en agosto de 2011, a través de la Ley 27/2011, se decide la integración del Régimen Especial de Seguridad Social del empleo de hogar en el Régimen General. Eso sí, con un sistema especial y sin reconocer plenamente todos los derechos en esta materia, aunque sí avanzando en varios de ellos.
En noviembre de ese mismo año, se aprueba el Real Decreto 1620/2011 (que deroga al 1424/1985). Esta norma, igualmente, avanza en el reconocimiento de algunos derechos. Pero, no regula cuestiones muy importantes (jornada nocturna o derechos de las trabajadoras internas, entre otros); otras, las incorpora de una forma farragosa y abierta a diversas interpretaciones (casi siempre, a la contra de las trabajadoras; por ejemplo, las pagas extras o los incrementos salariales) y algunas más, son claramente discriminatorias para el sector (ej., las prestaciones en especie).
Pues bien, casi nueve años después, nos encontramos con esta situación:
- Se han incumplido todos los compromisos adquiridos: revisión del reconocimiento del derecho a la prestación por desempleo e incorporación plena al Régimen General.
- A pesar de que 39 países ya lo han hecho, el Estado sigue sin ratificar el Convenio 189.
- Seguimos con una legislación que no reconoce todos los derechos, ni controla y vela por el cumplimiento de los ya reconocidos y/o sanciona su vulneración.
En este contexto, ¿tiene sentido seguir apostando por la exigencia al Gobierno de la ratificación del Convenio 189?
Decididamente, sí. Fundamentalmente, porque es una decisión que no resta nada; más bien, suma y supone una herramienta de peso internacional en nuestro poder a la hora de exigir el reconocimiento de ciertos derechos (por cierto, nada despreciables).
El Convenio 189 incluye reivindicaciones históricas del sector:
- Derecho a desempleo (artículo 14).
- Reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva (artículo 3.2.a).
- Obligación del Estado de adoptar medidas eficaces a fin de asegurar la seguridad y salud de las trabajadoras (artículo 13).
- Especificar condiciones con arreglo a las cuales se podrá autorizar el acceso al domicilio (Inspección de trabajo) (artículo 17.3).
- Medidas para asegurar el respeto a la privacidad de las trabajadoras internas (artículo 6), medidas que aseguren una protección efectiva contra toda forma de abuso, acoso y violencia (artículo 5) o que no se les pueda obligar a acompañar a quienes les emplean durante las vacaciones anuales (artículo 9.b).
- Una regulación más restrictiva respecto a las prestaciones en especie concretando que se podrá disponer esa forma de pago «siempre y cuando se adopten medidas para asegurar que se hagan con el acuerdo de la trabajadora, que se destinen a su uso y beneficio personal y que el valor monetario que se atribuya a los mismos sea justo y razonable» (artículo 12.2).
Dicho esto, ¿ratificar el Convenio 189 va a significar terminar con las discriminaciones del sector?
No, puesto que no todas las reivindicaciones que planteamos las organizaciones de trabajadoras de hogar están recogidas en el convenio.
Somos conscientes de que para terminar con las discriminaciones del sector, tenemos que transformar de raíz la sociedad en la que vivimos. Sin embargo, como decimos, se trata de un paso importante y necesario para la incorporación de algunos derechos y avanzar en ese sentido.
Para terminar con las discriminaciones del sector, tenemos que transformar de raíz la sociedad en la que vivimos
Algunas cuestiones en relación a este tema:
Algunos partidos políticos (por ejemplo, el PP, mientras gobernó) han tratado de justificar su negativa a ratificar el convenio aduciendo que no era necesario; puesto que, todo lo que este recogía, ya estaba incorporado en la legislación estatal. Como hemos visto, este argumento no es cierto.
Por otro lado y desmontando este argumento, si todos los derechos que recoge el convenio ya está reconocidos, ¿dónde está el obstáculo para su ratificación?
El gobierno actual ha manifestado su intención de ratificar el convenio. Si dieran ese paso, lo valoraríamos positivamente. Sin embargo, es imprescindible que dicha ratificación vaya acompañada de los cambios legislativos imprescindibles para su implementación real; de tal forma que, derechos muy importantes que el convenio recoge, sean efectivamente reconocidos y garantizados a las trabajadoras.
Por último, insistimos en que la ratificación del Convenio 189 no supone alcanzar el techo de nuestras reivindicaciones. Es necesario, además del reconocimiento de todos los derechos para el sector, abrir un debate social amplio sobre los cuidados como necesidad, responsabilidad y derecho colectivo y una reorganización de los cuidados desde un prisma de corresponsabilidad entre todos los agentes implicados, en clave de justicia para todas las personas. •