Texto de rectificación enviado por Cuideo

Texto de rectificación enviado por Cuideo
La compañía Cuida Care Marketing, SL, de conformidad con la Ley Orgánica Reguladora del Derecho a la Rectificación (2/1984, de 26 de marzo), reclama la rectificación de la información que, con fecha 13 de noviembre de 2025, publicó noticiasobreras.es con el titular “Solo Just Eat aprueba en ‘trabajo justo’, mientras Uber, Cabify o Cuideo suspenden”.

Concretamente, solicita que se proceda a publicar íntegramente el siguiente texto enviado a nuestra redacción:

«La información relativa a Cuideo incluida en el artículo publicado en fecha 12 de noviembre de 2025, basada en el informe Avances insuficientes en la protección del trabajo en plataformas digitales elaborado por la Universidad Complutense y la Fundación primero de Mayo contiene información que no ha sido contrastada, es infundada y falsa.

Primeramente, Cuideo, no es una plataforma digital a efectos laborales según la definición de la normativa europea vigente y no es comparable al resto de organizaciones analizadas en el estudio.

Lo anterior es así por cuanto Cuideo no presta servicios por medios electrónicos, organizando el trabajo realizado por personas físicas a cambio de una contraprestación económica, ni utiliza sistemas automatizados ni otros algoritmos de seguimiento o de toma de decisiones. De hecho, Cuideo dispone de un equipo humano multidisciplinar que presta servicio a las familias con un trato directo y humano basándose en la atención presencial y telefónica.

Asimismo, Cuideo no dispone de ningún aplicativo para sus clientes, y los servicios se prestan según el modelo tradicional en el sector, usado también por las más de 1.500 empresas que actualmente están operando en este sector.

El Grupo Cuideo integra diversas sociedades bajo la misma identidad corporativa y a través de ellas presta dos modalidades principales de servicios diferenciados. Así, a los clientes se les ofrecen dos opciones:

(a) Los clientes pueden optar por contratar directamente a la persona cuidadora, de modo que Cuideo actúa únicamente como agencia de colocación debidamente registrada. En este caso, Cuideo se encarga del proceso de selección y presenta a los clientes los perfiles que mejor se ajustan a sus necesidades. Posteriormente, estas familias pueden contratar a Cuideo un servicio de asesoramiento laboral si lo consideran oportuno.

(b) Los clientes pueden contratar servicios SAD (cuidados a domicilio compatibles con la Ley de Dependencia) prestados por personal propio de una de las sociedades del Grupo Cuideo.

Por lo tanto Cuideo no está intentando eludir ninguna responsabilidad, sino que ofrece a sus clientes diferentes servicios, de igual modo que lo vienen haciendo múltiples empresas del sector desde hace muchos años.

En esa labor de asesoramiento, Cuideo insta encarecidamente a sus clientes a cumplir con la normativa vigente en materia laboral, ejerciendo una labor informativa sobre la legislación de aplicación y los derechos de las personas trabajadoras con la intención de regularizar un sector que se encuentra a día de hoy altamente precarizado. Cuideo no acepta clientes o familias que quieran tener una persona cuidadora sin contrato.

Por otro lado, en cuanto al personal propio, se garantizan las condiciones mínimas del personal contratado, no siendo cierto que (i) los empleados no llegan al Salario Mínimo Interprofesional, (ii) que no existe un procedimiento adecuado para la de decisiones que afectan a las personas trabajadoras (iii) que no se asegura la libertad de asociación y expresión de las personas trabajadoras, (iv) que no se proporcionan condiciones claras ni una red de seguridad social, (v) que no se mitigan los riesgos del trabajo, (vi) que no se promueve la gobernanza democrática, (vii) que no se gana un salario digno después de gastos, ni (viii) que se imponen cláusulas abusivas y que el proceso de gestión no es equitativo.

Asimismo se respetan las condiciones laborales de todas las personas trabajadoras propias, en especial en materia salarial, aplicandose las tablas salariales del Convenio Colectivo correspondiente. El personal es gestionado por un equipo de personas que atienden a las cuidadoras presencial y telefónicamente y vela de manera transparente por la aplicación de la normativa laboral vigente en materia salarial, contractual, de prevención de riesgos laborales y sindical.

En definitiva, cuando Cuideo se incorporó en el sector del cuidado de mayores, se encontró con un sector totalmente irregular, en el que la gran mayoría de personas cuidadoras prestaban servicios en los domicilios de manera fraudulenta sin constar de alta en el sistema de Seguridad Social y en condiciones precarias. Cuideo, lejos de los mensajes que por error se transmiten en este artículo, hace todo lo contrario, está profesionalizando un sector generando empleo de calidad gracias a que todas las familias que contratan a través de Cuideo lo hacen a través de un contrato regulado y en situación de alta en la Seguridad Social. Cuideo está contribuyendo, de forma implacable, a una regularización del sector».