Publicado el procedimiento para reubicar a menores migrantes no acompañados en situaciones de emergencia

Publicado el procedimiento para reubicar a menores migrantes no acompañados en situaciones de emergencia
FOTO | Menores migrantes rescatados por Salvamento Marítimo en Canarias. Vía Carlos de Saá, EFE
La norma regula el traslado solidario de menores migrantes no acompañados entre comunidades autónomas cuando se declare una situación de contingencia migratoria extraordinaria. El objetivo es garantizar el interés superior del menor y responder con eficacia ante la saturación del sistema de acogida

El Consejo de Ministros ha aprobado, este martes, el Real Decreto 658/2025, de 22 de julio, que establece el procedimiento administrativo para la reubicación y traslado de menores migrantes no acompañados en casos de emergencia migratoria. Publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el texto desarrolla las medidas ya contempladas en el Real Decreto-ley 2/2025 y en la reforma de la Ley de Extranjería (LO 4/2000).

Este nuevo marco jurídico tiene como propósito garantizar una atención integral, rápida y coordinada de niños y adolescentes migrantes en situación de especial vulnerabilidad, cuya llegada a las costas españolas se ha incrementado en un 221,4% en los últimos ocho años, según el propio preámbulo del decreto.

“La norma se justifica por la razón de interés general de dar cumplimiento al Real Decreto-ley 2/2025 […] garantizando la coordinación necesaria”, afirma el texto impulsado por el Ministerio de Juventud e Infancia.

Una redistribución solidaria entre comunidades autónomas

El decreto habilita a la Presidencia de la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia para declarar una situación de contingencia migratoria extraordinaria a petición de una comunidad saturada. A partir de entonces, la Subdelegación del Gobierno de la provincia donde se encuentre el menor iniciará un procedimiento para su reubicación en otra comunidad autónoma.

Esta redistribución debe atender a criterios objetivos (capacidad de acogida, esfuerzo realizado, disponibilidad de plazas) y garantizar que la comunidad de destino asuma la tutela del menor, ofrezca atención adaptada a su perfil y disponga de recursos adecuados.

Calendario y garantías

El procedimiento cuenta con plazos precisos:

  • El traslado deberá ejecutarse en un máximo de 15 días desde la inscripción del menor en el Registro oficial.
  • La comunidad autónoma de origen informará al menor y a la comunidad de destino con una antelación mínima de 48 horas.
  • El traslado debe realizarse en cinco días naturales desde la notificación.
  • La reubicación implicará, además, un proceso de escucha al menor, así como la participación del Ministerio Fiscal, que podrá intervenir de oficio.

“Se garantizará la atención inmediata en casos de urgencia, de acuerdo con lo previsto en la legislación y marco institucional del sistema de protección del menor”, recoge el texto.

Cobertura a situaciones previas y mecanismos de seguimiento

La norma permite aplicar retroactivamente el procedimiento a menores ya presentes en el sistema de protección antes de la declaración de la emergencia, estableciendo un plazo de hasta un año para completar estos traslados.

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El decreto también prevé que las comunidades autónomas remitan anualmente datos actualizados sobre número de menores atendidos y plazas disponibles, lo que facilitará el seguimiento a través de los mecanismos recogidos en el Protocolo Marco de menores extranjeros no acompañados.

Primeros traslados en agosto

El decreto se ha aprobado en un momento políticamente delicado. El jueves 17 de julio, el Ministerio de Juventud e Infancia no logró celebrar la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia en la que debía acordarse el reparto de un fondo extraordinario de 22 millones de euros y el traslado de hasta 3.975 menores desde Canarias, Ceuta y Melilla.

La reunión fue suspendida por falta de quórum tras la ausencia mayoritaria de comunidades gobernadas por el Partido Popular, que la ministra Sira Rego calificó el gesto como un “boicot y bloqueo” que “no va a impedir que sigamos adelante”. También con la crítica de CCOO y de la Hermandad Obrera de Acción Católica (HOAC) al denunciar una insolidaridad que fomenta la xenofobia y quebranta los derechos humanos.

Según anunció Rego, la propuesta definitiva de reparto se llevará al Consejo de Ministros el 26 de agosto y los primeros traslados se iniciarán a partir del día 28. El Gobierno cubrirá el traslado y los tres primeros meses de acogida, además de establecer compensaciones económicas a las comunidades más saturadas, como Canarias (24,3 millones), Madrid (15,8) y Andalucía (8,8).

Por criterios de esfuerzo previo, Cataluña y Euskadi quedarán exentas de la nueva redistribución, mientras que comunidades como Andalucía (677 menores), Madrid (647) y Comunidad Valenciana (571) serán las que más acogidas asuman.