Los sindicatos urgen ajustar el coste del despido a la legislación europea, para evitar mayores riesgos jurídicos

El Comité Europeo de Derechos Sociales ha publicado un nuevo dictamen, ahora en respuesta a CCOO, sobre el coste del despido en España, en el que confirma que la regulación actual no cumple con la Carta Social Europea. El secretario general de este sindicato, Unai Sordo, pide la apertura urgente de la negociación con gobierno y patronal
El líder sindical ha explicado que ahora se abren dos vías de actuación: “no hacer nada y dejar que la jurisprudencia vaya resolviendo los casos, o afrontar de manera madura una negociación tripartita para reformar el régimen de despido en el país”.
De no resolverse esta violación del derecho comunitario, entiende el sindicalistas, el país se enfrenta a “un riesgo de inseguridad jurídica de primer orden”.
Ya el año pasado, había dado la razón a UGT por la misma cuestión. Esta vez, además, el órgano del Consejo de Europa que supervisa el cumplimento de los derechos sociales, responde a las alegaciones del Gobierno español que había argumentado que el límite de las indemnizaciones por despido persigue garantizar la seguridad jurídica.
Varios tribunales españoles han establecido indemnizaciones adicionales ajustándose a la Carta Social Europea, aunque el Tribunal Supremo se ha pronunciado en contra de añadir compensaciones económicas. El alto tribunal no quiso entrar en las obligaciones contraídas por nuestra país a raíz de la ratificación del tratado social europeo, lo que tendrá que hacer en algún momento.
El comité argumenta que “la indemnización predeterminada pueda más bien servir de incentivo para que el empleador despida a los trabajadores de manera improcedente” e “incitar a los empresarios a hacer una estimación pragmática de la carga financiera de un despido improcedente sobre la base de un análisis de costes y beneficios”.
Así, considera que la compensación a las personas trabajadoras despedidas improcedentemente que actualmente se establece en 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, no siempre palía el daño causado al perder el empleo.
Este organismo concluye por unanimidad que el estado español incumple el artículo 24.b del tratado europeo, donde se reconoce el derecho “de los trabajadores despedidos sin razón válida a una indemnización adecuada o a otra reparación apropiada”.
“Cualquier límite a la indemnización que pueda impedir que los daños sean proporcionales a la pérdida sufrida y suficientemente disuasorios es, en principio, contrario al artículo 24.b de la Carta”, dice el comité.
Además, abunda, “los límites máximos fijados por la legislación no son suficientemente elevados para reparar el perjuicio sufrido por la víctima en todos los casos y ser disuasorios para el empresario”, de modo que el “el perjuicio real sufrido” no es valorado suficientemente en cuenta, entre otras cosas “porque la posibilidad de obtener una indemnización adicional es muy limitada”.
Incluso rechaza la opción de aumentar la indemnización mínima, como había planteado CCOO, al considerar que no implicaría disuadir al empresario de proceder al despido sin causas.
En el mismo sentido se pronuncia el comité sobre el despido improcedente o nulo de un trabajador temporal, aclarando que “los topes establecidos por la legislación no son lo suficientemente elevados como para resarcir el daño sufrido por la víctima en todos los casos ni para disuadir al empleador”.
La opción de la readmisión
También valora la legislación actual sobre la posible readmisión decretada en sede judicial, señalando que la reparación “debe incluir la readmisión como uno de los recursos disponibles para los tribunales nacionales”.
Aunque esta opción está contemplada por la normativa española queda a criterio del empresario, sin que los jueces puedan “evaluar la idoneidad de la readmisión en consulta con las partes del proceso”.
Las dos organizaciones sindicales que han pleiteado vienen emplazando al Gobierno a abrir una mesa de diálogo social para reformar la legislación en cumplimiento con los requerimientos de las instituciones europeas.
Desde el Ministerio de Trabajo han manifestado su disposición a acometer esta reforma, pero hasta el momento no se ha avanzado en nada. “Es un compromiso que está en el pacto de Gobierno que el despido cumpla el régimen jurídico de la Carta Social Europea”, han declarado fuentes del departamento que dirige Yolanda Díaz.
Sin embargo, el empresariado se opone a estos cambios normativos que, en todo caso, deberían ser validados por los grupos parlamentarios en el Congreso.

Redactor jefe de Noticias Obreras