Medidas urgentes de protección y escudo social publicadas en el BOE

Medidas urgentes de protección y escudo social publicadas en el BOE
Estas son las medidas urgentes de protección y escudo social, aprobadas este martes por el Gobierno, recogidas en el Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, publicado este miércoles en el BOE

Las medidas se centran en el transporte, la Seguridad Social y el empleo, el apoyo a colectivos vulnerables, la reconstrucción de La Palma y el impacto de la dana.

Medidas en transporte terrestre

  • Prórroga de las ayudas directas al transporte público hasta el 1 de julio de 2025, garantizando estabilidad en el sistema de bonificaciones.
  • Nuevo sistema de ayudas al transporte, que establece:
    • Gratuidad en títulos multiviaje para población infantil.
    • Descuento del 50% en títulos para jóvenes.
    • Descuento del 20% para el resto de la población, siempre que las administraciones locales aporten al menos otro 20% de subvención.
  • Bonificaciones en transporte ferroviario (Renfe):
    • Gratuidad para menores en Cercanías y Media Distancia.
    • Títulos multiviaje para jóvenes con tarifa mensual de 10 euros en Cercanías y 20 euros en Media Distancia.
    • Descuento del 40% en abonos de Media Distancia y del 50% en servicios AVANT en rutas específicas.
  • Fomento de la movilidad sostenible con:
    • Subvenciones para la compra de bicicletas eléctricas, dirigidas tanto a ciudadanos como a empresas de reparto.
    • Apoyo a sistemas públicos de préstamo de bicicletas y modernización del transporte público.

Medidas de Seguridad Social

Revalorización de pensiones

  • Las pensiones contributivas y no contributivas se revalorizan en un 2,8% en 2025, en función del IPC medio de los últimos 12 meses previos a diciembre de 2024.
  • Se garantiza que las pensiones mínimas y el complemento a mínimos también se actualicen, asegurando el mantenimiento del poder adquisitivo de los pensionistas con menores ingresos así como el ingreso mínimo vital (IMV), la subida es del 9%. A
  • Esta medida se aplica de manera retroactiva desde el 1 de enero de 2025.

Límites y cuantías mínimas de pensión

  • Pensión de jubilación mínima con cónyuge a cargo: 1.048,6 euros mensuales.
  • Pensión de jubilación sin cónyuge: 843,1 euros mensuales.
  • Pensión de viudedad con cargas familiares: 1.048,6 euros mensuales.
  • Pensiones no contributivas: Se ajustan en función del aumento del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

Actualización de la base máxima de cotización

  • Se incrementa la base máxima de cotización al régimen de la Seguridad Social, en línea con el Pacto de Toledo, asegurando que los salarios más altos contribuyan en mayor medida al sostenimiento del sistema.
  • Se introduce la nueva cotización de solidaridad, de acuerdo con el artículo 19 bis del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Modificación del sistema de Clases Pasivas

  • Se introduce una disposición transitoria en la Ley de Clases Pasivas del Estado para equiparar el régimen de estas pensiones al incremento progresivo de la cuantía máxima que se aplica en el Régimen General de la Seguridad Social.
  • Esto evita un agravio comparativo entre pensionistas de distintos regímenes.

Cotización adicional de solidaridad

  • Se excluye de la cotización adicional de solidaridad a los trabajadores autónomos del Régimen Especial del Mar, equiparándolos al resto de autónomos del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Beneficios en la cotización para ERTE y Mecanismo RED

  • Se ajustan los incentivos de cotización a la Seguridad Social aplicables a empresas que apliquen Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) o se acojan al Mecanismo RED.
  • Se amplía la duración del compromiso de mantenimiento del empleo de seis meses a dos años, asegurando una mayor estabilidad laboral para los trabajadores afectados.

Medidas en materia de empleo

Protección del empleo en sectores afectados por crisis

  • Se refuerzan las cláusulas de estabilidad laboral para empresas que reciban ayudas públicas:
    • Prohibición de despidos objetivos basados en el aumento de los costes energéticos, evitando que las empresas trasladen directamente estos costes a la destrucción de empleo.
    • Las empresas que apliquen reducciones de jornada o suspensiones de contrato (ERTE) por la crisis de Ucrania o situaciones similares no podrán realizar despidos alegando esas causas.

Medidas de apoyo a colectivos vulnerables

Protección en materia de vivienda

  • Prórroga de la suspensión de desahucios hasta el 31 de diciembre de 2025 para familias en situación de vulnerabilidad.
  • La prórroga también incluye la posibilidad de solicitar compensación para los arrendadores afectados, hasta el 31 de enero de 2026,
  • Se mantiene la aplicación de medidas que permiten negociaciones extrajudiciales para evitar desahucios, especialmente en casos de grandes tenedores de vivienda.
  • Creación de una línea de avales estatales para alquiler, destinada a jóvenes y familias con dificultades económicas.

Garantía de suministros básicos

  • Prohibición de cortes de agua, electricidad y gas a personas en situación de vulnerabilidad hasta el 31 de diciembre de 2025.
  • Prórroga de los descuentos extraordinarios del bono social eléctrico, garantizando una reducción gradual en los descuentos hasta 2026.

Medidas de apoyo a la reconstrucción de La Palma

Extensión de los ERTE por fuerza mayor hasta el 30 de junio de 2025

  • Se mantiene la protección para trabajadores afectados por la erupción volcánica en los municipios de El Paso, Los Llanos de Aridane y Tazacorte.
  • Los ERTE por fuerza mayor temporal seguirán vigentes para las empresas que no han podido reanudar su actividad, con exenciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.

Aplazamiento de cuotas y apoyo a autónomos

  • Se extiende hasta junio de 2025 el aplazamiento en el pago de cuotas a la Seguridad Social para empresas y autónomos afectados.
  • Se mantiene la prestación extraordinaria por cese de actividad para autónomos que aún no han podido retomar su trabajo debido a la destrucción de infraestructuras y cultivos.
  • Se aplican exenciones adicionales en el pago de cotizaciones para garantizar la viabilidad de las pequeñas empresas locales y el mantenimiento del empleo.

Suspensión de pagos de préstamos para agricultores afectados

  • Los trabajadores agrícolas afectados por la erupción volcánica podrán solicitar una suspensión adicional de seis meses en sus obligaciones de pago de créditos y préstamos.
  • Esta medida aplica a aquellos inscritos en el Registro de personas afectadas por el volcán, cuyos ingresos principales provengan de la agricultura en zonas aún inoperativas.

Medidas para amortiguar el impacto de la DANA

Suspensión de la causa de disolución de empresas y autónomos afectados por pérdidas derivadas de la DANA

  • Las pérdidas derivadas de los daños ocasionados por la DANA no computarán para la causa de disolución de empresas establecida en la Ley de Sociedades de Capital.
  • Se aplicará un régimen contable excepcional que permitirá a las compañías afectadas excluir de su balance las pérdidas derivadas del fenómeno meteorológico.
  • Esta medida busca preservar la estabilidad empresarial y garantizar la continuidad de la actividad económica en los territorios afectados.

Régimen excepcional de endeudamiento para la Comunitat Valenciana

  • Se autoriza a la Comunitat Valenciana a asumir un mayor endeudamiento con el objetivo de financiar los gastos extraordinarios de emergencia y reconstrucción derivados de la DANA.
  • Este endeudamiento se destinará a reparar infraestructuras públicas esenciales, ofrecer ayudas a empresas afectadas y reforzar la asistencia social a los damnificados.

Medidas de apoyo a explotaciones agrícolas y ganaderas

  • Subvenciones directas para la recuperación de cultivos dañados y reposición de infraestructuras agrarias afectadas.
  • Reducción o exención en las cuotas de la Seguridad Social para las explotaciones agrícolas y ganaderas afectadas, garantizando su viabilidad económica tras el desastre.
  • Aplazamiento de pagos de créditos y préstamos para agricultores que hayan sufrido pérdidas significativas, permitiéndoles disponer de liquidez para la recuperación de su actividad.
  • Medidas fiscales especiales que incluyen reducciones en módulos del IRPF para explotaciones ubicadas en las zonas más afectadas.

Reconstrucción de viviendas e infraestructuras públicas

  • Ayudas directas para la rehabilitación de viviendas dañadas, priorizando a familias en situación de vulnerabilidad.
  • Subvenciones a ayuntamientos para la reconstrucción de equipamientos municipales afectados por las inundaciones.
  • Planes de financiación para la reparación de carreteras, puentes y redes de abastecimiento de agua y saneamiento dañadas por la catástrofe.
  • Actuaciones urgentes en zonas de alto riesgo de nuevas inundaciones, con inversiones en sistemas de drenaje y prevención de desastres naturales.

El desarrollo de las ayudas para mitigar el impacto de la dana se realizará a través de  órdenes ministeriales posteriores de los Ministerios implicados, modificaciones presupuestarias aprobadas por el Consejo de Ministros y convenios específicos con comunidades autónomas y ayuntamientos afectados.

Nota. Esta información sigue en proceso de elaboración