La comisión de Convenios Colectivos abre la puerta a la representación autonómica

La comisión de Convenios Colectivos abre la puerta a la representación autonómica
El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha abierto la puerta de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos a las organizaciones empresariales autonómicas al modificar los criterios de representación.

La Comisión, adscrita al Ministerio de Trabajo y Economía Social, está integrada por seis representantes de la Administración General del Estado, seis de las organizaciones sindicales (CCOO, UGT, ELA y CIG) y otros seis de las empresariales más representativas (CEOE y CEPYME).

“En los últimos tiempos, el Gobierno no está respetando la forma de aplicar la representatividad”, explica la secretaria confederal de UGT, Patricia Ruiz, quien recuerda que también se han modficado los reglamentos del Consejo Económico y Social y del consejo de PYMES, “sin consultar a los agentes sociales, ni pasar por las mesas del diálogo social”.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el 29 de agosto una orden que desarrolla la regulación de esta comisión en lo referente al nombramiento de las vocalías de las organizaciones sindicales y empresariales.

Esta comisión responde consultas sobre el planteamiento y determinación del ámbito funcional de los convenios colectivos y emite informes preceptivos. Además, recoge la información sobre la negociación colectiva y vela por la adecuada aplicación de las normas laborales pactadas.

Sobre todo resuelve sobre las discrepancias en la inaplicación de las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo de aplicación en los supuestos establecidos legalmente.

“Está por ver el recorrido y la implementación de esta nueva modificación”, explica Ruiz. “Habrá que ver qué hacen las propias organizaciones empresariales que hasta el momento no está cómodas con la prevalencia autonómica de los convenios”, añade la sindicalista. Por lo pronto falta que se produzcan solicitudes de ingreso para ocupar algunas de las vocalías, que pueden ser respondidas con alegaciones de las demás entidades.

En lo que sí se muestra más contundente la representante de UGT es en la manera en que viene actuando el Ministerio de Trabajo.

“Llevamos décadas aplicando una fórmula de representatividad para desarrollar la negociación colectiva y el diálogo social que ha funcionado muy bien y ha permitido acuerdos tripartitos y avances sociales. Ahora se están produciendo cambios que no se han dialogado, consensusado, ni explicado a los agentes sociales”, remarca la sindicalista.

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La negociacion laboral autonómica

Para lograr el apoyo del PNV a la investidura de Pedro Sánchez como presidente, los socios del Gobierno aceptaron su histórica reivindicación de priorizar la aplicación de los convenios autonómicos y provinciales sobre los sectoriales.

Tras un primer rechazo en el parlamento, se aprobó la prevalencia de los convenios autonómicos en la votación de la reforma de los subsidios asistenciales. Los agentes sociales criticaron que este cambio se hiciera sin ni siquiera consultarles, con especial contundencias, las patronales que temen por “la unidad de mercado”.

Los convenios colectivos autonómicos y provinciales prevalecerán, cuando así se prevea en los acuerdos interprofesionales, y siempre que su regulación resulte más favorable para los trabajadores que la establecida en los convenios estatales, tendrán .

Sin embargo, no podrán regular materias como el periodo de prueba, las modalidades de contratación, la clasificación profesional, la jornada máxima anual de trabajo, el régimen disciplinario, las normas mínimas en materia de prevención de riesgos laborales y la movilidad geográfica.

Está por ver el impacto que puede tener esta medida, dado que desde 2012 se da prioridad a la negociación colectiva provincial, sin que se hayan producido grandes conflictos. De hecho, es en el País Vasco donde más se utilizan los convenios provinciales.

Con todo, puede ocurrir que no resulte fácil identificar qué resulta más favorable para las personas trabajadoras. En el caso del salario puede resultar evidente, pero no en otros aspectos de las relaciones laborales. La jurisprudencia establece que debe aplicarse una única norma en caso de conflicto y no elegir lo más favorable de cada uno de los convenios.

Los problemas pueden surgir a la hora de determinar qué convenio es aplicable cuando concurran uno estatal y otro autonómico.