CCOO reclama a la Seguridad Social que el “Informe de Vida Laboral” recoja correctamente lo cotizado a tiempo parcial

CCOO reclama a la Seguridad Social que el “Informe de Vida Laboral” recoja correctamente lo cotizado a tiempo parcial
El sindicato insta a la administración de la Seguridad Social a actualizar la información contenida en el Informe de Vida Laboral, incluyendo de forma expresa el dato de periodos en alta que, según la legislación actual, son fundamentales para determinar las prestaciones de las personas con contratos a tiempo parcial.

El sindicato liderado por Unai Sordo pide a la Seguridad Social que corrija una larga práctica que afecta negativamente a los trabajadores con contratos a tiempo parcial en España. Según el comunicado emitido este jueves, el Informe de Vida Laboral, un documento crucial para calcular las prestaciones de jubilación y otros beneficios sociales, “sigue realizándose con los parámetros de la legislación ya superada en cuanto a los trabajos a tiempo parcial”. Esto ha llevado a que los periodos cotizados a jornada parcial se registren “convertidos” en su equivalente a jornadas completas, lo que resulta en una infraestimación de los periodos cotizados.

Doble penalización para las mujeres

CCOO ha estado presionando para que esta situación cambie, y las reformas legislativas gradualmente han comenzado a abordar esta desigualdad. El comunicado subraya que “las personas que cotizaban a tiempo parcial (mayoritariamente mujeres) se han visto abocadas durante mucho tiempo a una doble penalización: la derivada de los menores salarios-bases de cotización y la consideración solo parcial de los periodos que han trabajado”.

En este contexto, se destacan dos sentencias: una del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y otra del Tribunal Constitucional, ambas en 2012 y 2013, respectivamente. Estas sentencias llevaron a un acuerdo de diálogo social que resultó en el Real Decreto-Ley 11/2023, que creó el “coeficiente global de parcialidad” para mejorar la situación, aunque de manera incompleta, como señala el sindicato.

Nueva jurisprudencia

Las reclamaciones judiciales se extendieron para abordar no solo el acceso a las prestaciones, sino también la determinación de su cuantía. El sindicato indica que estas reclamaciones provocaron “nuevas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 8 de mayo de 2019, primero, seguida de la Sentencia del Tribunal Constitucional de 3 de julio de 2019”, las cuales establecieron que “para la determinación del porcentaje aplicable a la base reguladora de la pensión de jubilación, se deben tomar en consideración los periodos en los que se ha permanecido en alta con un contrato a tiempo parcial, cualquiera que fuese la duración de la jornada, de manera que se equiparan así de forma plena la protección social de los contratos a tiempo parcial y los prestados a tiempo completo a los efectos de la cuantía de jubilación, referenciada a las percepciones percibidas en cada caso”.

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Informe de Vida Laboral

El sindicato también hace hincapié en que el Informe de Vida Laboral aún se produce con los parámetros de la antigua legislación, lo que significa que los periodos cotizados a jornada parcial se registran como si fueran equivalentes a jornadas completas, lo que resulta en una subestimación de los periodos cotizados. El comunicado señala un ejemplo concreto: “una persona que haya cotizado durante 40 años siempre a media jornada verá en su Informe de Vida Laboral que solo constan 20 años cotizados, aunque el INSS desde hace años ya le calcula las prestaciones considerando la totalidad de 40 años en alta”.