Unidad de acción para luchar contra la discriminación de las personas LGTBI+ en los centros de trabajo
CCOO y UGT establecen una estrategia conjunta para promover la igualdad de las personas LGTBI+, asegurar sus derechos, cambiar la situación de discriminación directa e indirecta que sufren en los centros de trabajo
Por ello, con el objeto de consolidar una coordinación que permita una acción sindical compartida y prioritaria en las actuaciones en materia de igualdad de trato y oportunidades para personas LGTBI+ acuerdan:
- Incidir en la protección de migrantes y garantizar un mayor apoyo institucional a las personas con discapacidad.
- Apoyar la prohibición de las terapias de conversión.
- Reforzar los derechos sociosanitarios, ampliando y asegurando la cartera de servicios del Sistema Público Nacional de Salud y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
- Luchar contra los delitos de odio y los discursos que los promueven.
- Impulsar políticas para la defensa de los derechos de las familias.
- Promover políticas municipales que garanticen en el mundo rural una vivencia plena.
En materia laboral
- Implantar medidas planificadas a través de la negociación colectiva, para prevenir y erradicar el acoso en los centros de trabajo.
- Reforzar el compromiso de las empresas en la lucha contra la discriminación a través de la creación y elaboración de medidas que garanticen la igualdad de condiciones en el empleo.
- Fomentar a través de nuestras acciones, medidas destinadas a mejorar la empleabilidad, con el objetivo garantizar la igualdad de oportunidades.
- Incorporar en los convenios colectivos protocolos contra el acoso.
En la negociación de los convenios colectivos
- Establecer medidas que permitan garantizar la igualdad en los procesos de selección y contratación, así como en los de promociones y ascensos.
- Promover que cualquier derecho o beneficio social que tenga como referencia a la familia, incluya a las familias y parejas conformadas por personas LGTBI+.
- Establecer programas y proyectos de sensibilización en la empresa respecto al derecho de igualdad del colectivo.
- Promover formación específica y obligatoria a mandos intermedios y representantes legales de las personas trabajadoras.
- En materia de salud laboral, incorporar en las evaluaciones de riesgos y en los planes de prevención, la LGTBIfobia como riesgo psicosocial.
- Los contenidos mínimos de los protocolos, debieran ser:
- Un claro compromiso de actuación en el desarrollo de políticas de igualdad y no discriminación por razón de orientación sexual, identidad y/o expresión de género.
- El objetivo, garantizar un entorno laboral inclusivo.
- El ámbito de aplicación, lo más extenso posible, no solo para las personas trabajadoras de la empresa, sino también para empresas colaboradoras, proveedores, etc.
- La vigencia y los mecanismos de revisión, modificación y actualización del protocolo, tanto en caso de imperativo legal, como a propuesta de las partes para incrementar las garantías.
- Los órganos encargados de su aplicación y sus atribuciones. Garantizar que en todos ellos, especialmente en las comisiones de investigación, participe la representación legal de las personas trabajadoras.
- La garantía de protección de la intimidad, confidencialidad y dignidad de la víctima.
- El procedimiento de actuación, desde el momento en que se conoce la situación de acoso, hasta su resolución.
- Evaluar las medidas y políticas antidiscriminatorias entre la dirección de la empresa y la representación de las personas trabajadoras.
Redacción de Noticias Obreras.